AYUNTAMIENTO DE TORIJA
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Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 16 de enero, las bases y la convocatoria para la selección del Plan Extraordinario de Empleo 2020 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia nº 12 de 20 de enero de 2020 por medio del presente se publica el Anexo II
ANEXO II
BAREMACIÓN
Mujer víctima de violencia de género. |
Prioridad Absoluta. Reserva 15% de las plazas |
Documentación prevista en el art 3 RD 1917/2008 del BOE 10/12/2008: sentencia condenatoria, resolución judicial medidas cautelares. Orden protección o informe del Ministerio Fiscal |
Persona en riesgo de exclusión social |
Prioridad. Reserva 25 % de las plazas. |
Comunicación Consejería competente. |
Por tiempo de permanencia en desempleo, por encima de 12 meses. |
0,1 puntos por mes completo, hasta un máximo de 4,8 puntos |
Certificado del solicitante de la antigüedad como demandante. |
Personas con edad igual o superior a 50 años |
0,3 puntos por cada año adicional hasta los 65 años, hasta un máximo de 4,5 puntos. |
Fotocopia del D.N.I. |
Por Renta de la Unidad Familiar La renta per cápita de la unidad familiar, que se calculará de la siguiente forma: la suma de los ingresos netos de todos los miembros de la unidad familiar, y el resultado, se dividirá a su vez, entre el número de miembros de la unidad familiar. Los ingresos netos se obtendrán, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, con el promedio de las tres últimas nóminas; de los autónomos, con la última declaración del IRPF; de los pensionistas, con la certificación emitida por la TGSS; Y en el caso de personas desempleadas, con la certificación emitida por el SEPE. |
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Volante de empadronamiento de la unidad familiar.
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Si la renta per cápita familiar es igual o inferior a 200, se valorarán las responsabilidades familiares: Cónyuge, hijos/as o tutelados/as menores de 26 años o personas discapacitadas (con una discapacidad reconocida, de al menos, el 33%) y que carezcan de ingresos. Por cada miembro a cargo de la unidad familiar. |
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Fotocopia del Libro del Familia donde figure el matrimonio y los hijos menores de 26 años y que formen parte de la unidad familiar Documento acreditativo de familia monoparental |
Personas solicitantes con discapacidad reconocida mínima de un 33%, siempre que la misma sea compatible con el trabajo a desarrollar. |
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Resolución de reconocimiento de la minusvalía |
Personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, en las oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, no ocupadas, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes siempre que, en ambos casos, hayan permanecido inscritas durante doce o más meses, dentro de los dieciocho meses anteriores a la fecha del registro de la oferta en la oficina de empleo de Castilla-La Mancha. |
2 puntos |
Resolución de reconocimiento de dependencia o reconocimiento de la situación de cuidador de dependiente. |
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcalde - Presidente de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Torija a 11 de febrero de 2020. El Alcalde, Rubén García Ortega