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Orea
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Peralveche
Peñalver
Peñalén
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Pinilla de Molina
Pioz
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Poveda de la Sierra
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Pozo de Guadalajara
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Puebla de Valles
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Quer
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Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
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Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
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Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
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Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
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Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
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Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
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Yebra
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Lunes, 20 Enero 2020 08:01

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA 2019 DEL AYUNTAMIENTO DE TORIJA PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN PERSONAS DESEMPLEADAS

143

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA 2019 DEL AYUNTAMIENTO DE TORIJA PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN PERSONAS DESEMPLEADAS
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AYUNTAMIENTO DE TORIJA


143

Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 16 de enero, las bases y la convocatoria para la selección del Plan Extraordinario de Empleo se procede a su publicación:

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO EN CASTILLA-LA MANCHA  2019 DEL AYUNTAMIENTO DE TORIJA PARA LA SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN  PERSONAS DESEMPLEADAS.

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.

El objeto de la presente convocatoria es establecer el proceso de selección para la contratación en régimen laboral temporal de trabajadores/as desempleados/as, para la ejecución de obras o la prestación de servicios de competencia municipal, de acuerdo con lo establecido en la Orden 160/2019, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, reguladora de las bases para la concesión de subvenciones a Entidades Locales y entidades sin ánimo de lucro para la contratación de personas desempleadas y en situación de exclusión social , cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (D.O.C.M. nº 193  de 30 de septiembre de 2019) y se aprueba su convocatoria (D.O.C.M. nº 212, de 25/10/2019).

En la presente convocatoria se ofertan 2 plazas, para la ejecución del siguiente:

  1. Proyecto: Conservación y Mantenimiento  Zonas Verdes
    Duración del Contrato: 6 meses.

2.- RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS CONTRATACIONES.

A las personas contratadas en el marco de la presente convocatoria les será de aplicación lo establecido en las presentes bases dictadas al amparo legal de las Bases del Plan Extraordinario de Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, además de lo dispuesto en la legislación general sobre función pública, legislación local sobre función pública y en la normativa laboral, observada, en lo que pudiera afectar, la legislación de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Los contratos a celebrar para la ejecución del proyecto anteriormente descrito tendrán las siguientes características:

  • Serán contratos laborales temporales, por obra o servicio determinado
  • Su duración será de 6 meses.
  • La jornada de trabajo ser á a tiempo completa.
  • El salario será el salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en el momento de la contratación.

3.- REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN.

1. Los que estén interesados/as en participar en el presente proceso selectivo, deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Demandantes de empleo inscritos en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha en la fecha del registro de la oferta y que hayan permanecido inscritos, al menos, 12 meses, dentro de los 18 meses anteriores a dicha fecha, encontrándose en alguno de los siguientes grupos:
    1. º) Demandantes de empleo no ocupados, entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que no sean perceptores de prestaciones por desempleo o que sean preceptores de protección por desempleo, excepto en su nivel contributivo.
    2. º) Demandantes de empleo no ocupados  menores de 25 años o mayores de 65 años, en las mismas condiciones que el párrafo anterior, cuando tuvieran responsabilidades familiares o estén incluidas en el plan integral de garantías ciudadanas de Castilla-La Mancha, o bien cuando hayan sido priorizadas por las oficinas de empleo.
    3. º) Demandantes de empleo no ocupados entre 25 y 65 años, ambos incluidos, que hayan cotizado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos al menos veinticuatro meses y hayan estado inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha, que hayan agotado su prestación por cese de actividad o una prestación por desempleo a nivel contributivo, en el momento de la fecha del registro de la oferta en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
    4. º) Demandantes de empleo no ocupados que, conviviendo con una persona dependiente, pertenezcan a familias en las que ningún miembro esté empleado y aquellas personas inscritas como demandantes de empleo, que hayan estado fuera del mercado de trabajo por haber sido cuidadoras de personas dependientes.
  2. Personas con discapacidad, que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que, a la fecha de registro de la oferta, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las oficinas de empleo de Castilla-La Mancha.
  3. Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género, que estarán  excluidas del requisito de inscripción en una oficina de empleo en la fecha de registro de la oferta; aunque deberán estar inscritas como desempleadas no ocupadas en el momento de la contratación.

2. Se reserva el 25% de la totalidad de los contratos subvencionados a cada entidad beneficiaria, para personas en situación de exclusión social que, con anterioridad a su contratación, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en las oficinas de empleo de Castilla La Mancha.

3. No obstante las prioridades establecidas en los párrafos anteriores, podrán participar otras personas inscritas como de mandantes de empleo, no ocupadas, en la oficina de empleo de referencia, siempre que en el ámbito territorial de actuación de la entidad no existieran personas pertenecientes a los colectivos indicados en los apartados anteriores.

4. No tener impedimento físico ni psíquico que impida o disminuya el normal desarrollo del trabajo encomendado.

5. No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, refiriéndose este requisito a la fecha de la formalización del contrato.

4.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.

Los/as interesados/as en participar en esta convocatoria deberán cumplimentar y firmar:

  • Una solicitud, conforme al modelo normalizado aprobado al efecto, que se incluye como Anexo I.

Ambas estarán a disposición de los interesados/as en las oficinas del Ayuntamiento y en la página web del Ayuntamiento de Torija: www.torija.com.

Junto con la solicitud los interesados en participar en esta convocatoria, deberán presentar la siguiente documentación:

  • Fotocopia del DNI/ NIE del solicitante.
  • Fotocopia del Libro de Familia, si tiene cargas familiares.
  • Demanda de empleo.
  • Volante de empadronamiento de la unidad familiar.
  • Certificado del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), de la cobertura del solicitante, y de los miembros de su unidad familiar en desempleo, si procede.
  • En caso de ser un solicitante que conviva con una persona dependiente y todos los miembros de su unidad familiar estén desempleados deberá aportar fotocopia de la correspondiente resolución de la Consejería de Bienestar Social en la que figure la condición de dependiente.
  • En caso de ser un solicitante que ha sido cuidador de persona dependiente y ha estado fuera del mercado de trabajo por este motivo, deberá aportar el certificado de Bienestar Social en el que se declare reconocido como cuidador al solicitante.
  • Fotocopia de la documentación acreditativa de ser familia monoparental, en su caso.
  • En caso de tener gastos de manutención, se presentará la sentencia judicial y justificante del pago del último mes.
  • En caso de ser un solicitante con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, deberá presentar certificado o  resolución expedido por el organismo competente, en el que se acredite el grado de minusvalía.
  • En caso de ser mujer víctima de violencia de género, deberá presentar la documentación prevista en el artículo 3 del RD 1917/2008 del 10/12/2008: sentencia condenatoria, resolución judicial, medidas cautelares, orden de protección o informe del Ministerio Fiscal.
  • A los efectos del cálculo de la renta de la unidad familiar, para el resto de miembros de su unidad familiar (mayores de 16 años), debe presentarse:
    1. No empleados: Justificante de demanda de empleo
    2. Empleados:
      • En caso de trabajadores por cuenta ajena, fotocopia de las 3 últimas nóminas.
      • En caso de trabajadores por cuenta propia, fotocopia de la última declaración de IRPF (año 2017).
    3. En caso de pensionistas, certificado expedido por la TGSS del importe mensual de la pensión de la Seguridad Social.
    4. Estudiantes que no trabajan: Última matrícula académica

Además de la documentación señalada anteriormente, la Comisión Local de Selección podrá recabar del interesado cualquier otra documentación que considere necesaria, al objeto de comprobar la certeza de los datos declarados.

5.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN.

La solicitud, declaración responsable y documentación requerida se presentarán en las oficinas del Ayuntamiento de Torija, sito en la Plaza de la Villa, nº 1, de lunes a viernes, en horario de 10:00 a 14:00 horas. También podrán presentarse solicitudes por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes será  del 27 de enero al 7 febrero de 2020.

6.- SELECCIÓN DE TRABAJADORES/AS

La selección de los/las trabajadores/as que soliciten participar en esta convocatoria se realizará de acuerdo con el Baremo de Puntuación recogido en el Anexo II de esta convocatoria.

En orden a la aplicación del citado Baremo de Puntuación, se aplicarán, con carácter general, las siguientes normas:

Se entenderá por UNIDAD FAMILIAR aquella formada por la persona solicitante y, en su caso, quienes convivan con ella en la misma vivienda o alojamiento, ya sea por unión matrimonial o por cualquier otra forma de relación estable análoga a la conyugal; ascendientes y descendientes por relación de consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado.

Nadie podrá formar parte de 2 unidades familiares al mismo tiempo.

Se entenderá por CARGAS FAMILIARES tener a cargo del trabajador desempleado que se contrata, cónyuge, hijos/as o tutelados/as menores de 26 años o personas discapacitadas (con una capacidad reconocida de, al menos, el 33%) que carezcan de ingresos.

DETERMINACIÓN DE LA RENTA PER CÁPITA FAMILIAR: Se calculará de la siguiente forma: La suma de los ingresos netos de todos los miembros de la unidad familiar (los ingresos netos se obtendrán, en el caso de trabajadores por cuenta ajena, con el promedio de las tres últimas nóminas; de los autónomos, con la última declaración del IRPF; de los pensionistas, con la certificación emitida por la TGSS; y de las personas desempleadas, con la certificación emitida por el SEPE); Se restarán los gastos de manutención en caso que los hubiera, justificando debidamente su pago. Y el resultado se dividirá, a su vez, entre el número de miembros de la unidad familiar (definida anteriormente).

Se entenderá por FAMILIA MONOPARENTAL la constituida por un solo progenitor que, como tal, figure en el Libro de familia con los hijos que tiene a su cargo.

7.- CRITERIOS DE SELECCIÓN EN CASO DE EMPATE.

En caso de empate en la puntuación obtenida por los participantes en esta convocatoria, se acudirá para resolverlo a los siguientes criterios, y por el siguiente orden:

  1. Mayor tiempo de permanencia en desempleo.
  2. Menores ingresos de la unidad familiar.
  3. Personas con discapacidad.
  4. Mujeres.

Y entre estos colectivos, tendrá prioridad la persona de mayor edad.

8.- CAUSAS DE EXCLUSIÓN.

  1. No cumplir con los requisitos establecidos en la base 3ª.
  2. Mentir u ocultar datos sobre la situación familiar y/o económica.
  3. No presentar toda la documentación exigida en esta convocatoria.

9.- COMISIÓN DE SELECCIÓN.

La selección de los/las trabajadores/as será realizada por una Comisión Local de Selección, que estará compuesta por los siguientes miembros:

  • Presidente/a: Un/a empleado/a municipal funcionario o laboral fijo del Ayuntamiento o de cualquier otra Administración Pública, con categoría igual o superior a la del presente proceso selectivo.
  • Secretario/a: La de la Corporación, o funcionario/a en quien delegue, con voz, pero sin voto.
  • Vocales (3): Empleados/as municipales funcionarios o laborales fijos del Ayuntamiento o de cualquier otra Administración Pública, con categoría igual o superior a la del presente proceso selectivo.

La Comisión Local de Selección podrá contar con la presencia de asesores, con voz, pero sin voto.

La Comisión Local de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, como mínimo, de la mitad más uno de sus miembros, indistintamente, y en todo caso, del presidente/a y Secretario/a. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo, en caso de empate, el voto de calidad del presidente/a de la Comisión.

La actuación de la Comisión Local de Selección se ajustará estrictamente a las bases de la convocatoria. No obstante, la Comisión resolverá las dudas que surjan de su aplicación y podrá tomar los acuerdos que correspondan para aquellos supuestos no previstos en las bases.

10.- RELACIÓN DE SELECCIONADOS Y PUBLICACIÓN.

La Comisión de Selección valorará las solicitudes presentadas en tiempo y forma no excluidas con arreglo al Baremo de Puntuación que se acompaña como Anexo III y formulará propuesta inicial de contratación a favor de los aspirantes que hayan obtenido una mayor puntuación final, hasta cubrir el número de puestos comunicados en las ofertas de empleo.

La relación de excluidos y la relación de aspirantes se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Torija. Únicamente se publicará el número de registro, la causa de exclusión, o la puntuación obtenida por cada aspirante, dándose un plazo de 10 días para reclamar contra las exclusiones u omisiones o errores detectados en la puntuación obtenida.

Tras ese período, una vez comprobado el cumplimiento de requisitos por el Servicio Público de Empleo (SEPECAM), se publicará la propuesta definitiva de excluidos y aspirantes seleccionados/as para la contratación, teniendo en cuenta que no podrá ser contratado más de una persona por unidad familiar, salvo que no hubiese otros demandantes de empleo. La publicación se realozará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Torija.

El resto de aspirantes que excedan de la propuesta definitiva de contratación pasarán al turno de reserva por el orden de puntuación que hayan obtenido, recurriéndose a ellos para sustituciones y supuestos de renuncia o baja de los trabajadores contratados. Dichas personas, en el momento de la contratación, deberán estar inscritas como demandantes de empleo no ocupados en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha.

11.- CONTRATACIONES.

Las personas propuestas para su contratación deberán presentar antes de la firma de su contrato la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria, en original, para su compulsa y devolución. Si en la comprobación de la documentación se observara inexactitud o falsedad se resolverá su exclusión, decayendo el/la interesado/a en los derechos o intereses legítimos a ser adscrito s/as al puesto de trabajo temporal.

Las personas propuestas se incorporarán a su puesto de trabajo en función de la fecha prevista para el proyecto descrito en la base 1ª, debiendo, en todo caso, cumplir los requisitos y demás condiciones exigidas hasta la fecha de la efectiva contratación temporal.

12.- VINCULACIÓN DE LAS BASES.

Las presentes Bases vinculan al Ayuntamiento de Torija, a la Comisión Local de Selección y a quienes participen en las pruebas selectivas. Tanto las Bases, como cuantos actos administrativos deriven de la convocatoria y de la actuación de la Comisión Local de Selección podrán ser impugnados por los/as interesa dos/as en los casos, plazos y forma establecida en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

Contra estas Bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los/as interesados/as recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación. También podrá interponerse alternativamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Toledo, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30-114.c) y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa -LJC A-, sin perjuicio de que los/as interesados/ as puedan interponer cualquier otro recurso que sea procedente y estimen oportuno.

ANEXO  I

SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA DEL PLAN EXTRAORDINARIO POR EL EMPLEO DE CASTILLA-LA MANCHA 2020 EN EL AYUNTAMIENTO DE TORIJA PARA PERSONAS DESEMPLEADAS.

NOMBRE   APELLIDOS  
DNI/NIE   EMAIL  
TELÉFONO   MUNICIPIO   CÓDIGO POSTAL  
DIRECCIÓN  

 PRESENTA (Marcar la documentación que  aporta)

  • Fotocopia del DNI/NIE del solicitante.
  • Fotocopia del libro de familia, si tiene cargas familiares.
  • Demanda de empleo.
  • Volante de empadronamiento de  la unidad familiar.
  • Certificado del SEPE, con el tipo de cobertura del solicitante y de los miembro s de su unidad familiar en desempleo, si procede.
  • Fotocopia de la Resolución de Bienestar Social del reconocimiento de dependencia del miembro de la unidad afectado por esta circunstancia, en caso de que todos los miembros de la unid ad familiar se encuentren desempleados, si procede.
  • Certificado de Bienestar Social en el que se declare reconocido como cuidador al solicitante, si procede.
  • Documento acreditativo de familia monoparental, si procede.
  • En caso de  tener gastos de manutención, se presentará la sentencia judicial y justificante del pago del último mes.
  • Acreditación de la minusvalía igual o superior a 33%, si procede.
  • En caso de mujer víctima de violencia de género. Documentación prevista en el art. 3 del RD 1917/2008 del 10/12/2008, si procede.
  • A los efectos del cálculo de la renta de la unidad familiar (mayores de 16 años), se deberá presentar:
    1. No empleados: Justificante de demanda de empleo.
    2. Empleados:
      • Trabajador por cuenta ajena: Fotocopia de las tres últimas nóminas.
      • Trabajador por cuenta propia: Fotocopia de la declaración IRPF 2018.
    3. Pensionistas, documento expedido por la TGSS del importe mensual de la pensión de la Seguridad Social.
    4. Estudiantes que no trabajan: Última matrícula académica.

SOLICITA: Ser admitido/a para tomar parte en el proceso de selección para la contratación en régimen laboral temporal, a tiempo completo, con cargo al Plan Extraordinario por el Empleo de Castilla-La Mancha , declarando conocer las bases generales y específicas que le son de aplicación, reuniendo todos los requisitos exigidos, los cuales me comprometo a aportar y acreditar documentación veraz conforme disponen las bases de la convocatoria.

Autorizo al Ayuntamiento de Torija la cesión de datos entre administraciones y/u organismos para esta solicitud y a solicitar en mi nombre a otras administraciones cuanta información sea necesaria.

En Torija, a__ de ________de 2020.

 

Fdo:

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento [http://torija.sedelectronica.es].

Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcalde - Presidente de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Torija a 16 de enero de 2020. El Alcalde, Rubén García Ortega

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Empleo
  • Municipios: Torija
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