AYUNTAMIENTO DE TORIJA
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Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 22 de noviembre, la rectificación de las bases para la selección de un Auxiliar-Administrativo como personal funcionario de carácter interino, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Asimismo, se adjunta la rectificación de las bases reguladoras de las pruebas selectivas:
RECTIFICACIÓN DE LAS BASES PARA LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE AUXILIAR- ADMINISTRATIVO DEL AYUNTAMIENTO DE TORIJA, PARA CUBRIR INTERINAMENTE POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN
Visto que en las bases para la creación de una bolsa de trabajo de auxiliar-administrativo se han detectado una serie de errores, se procede a su subsanación en el siguiente sentido:
En la base Octava:
Donde dice: “Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 40 preguntas, más 5 preguntas de reserva para posibles anulaciones, relativas a las materias contempladas en el Anexo I (Bloque I.- Materias Comunes y Bloque II.- Materias Específicas), con cuatro respuestas alternativas, durante el tiempo máximo de 50 minutos, de las cuales solamente una de ellas será la correcta.”
Debe decir: “Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 40 preguntas, más 5 preguntas de reserva para posibles anulaciones, relativas a las materias contempladas en el Anexo I, con cuatro respuestas alternativas, durante el tiempo máximo de 50 minutos, de las cuales solamente una de ellas será la correcta.”
Anexo I. Temario:
Donde dice: “TEMA 16.- La protección de datos de carácter personal: La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.”
Debe decir: “TEMA 16.- La protección de datos de carácter personal: La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.”
Anexo II. Solicitud para tomar parte en el proceso selectivo para nombramiento interino de una plaza de auxiliar administrativo funcionario vacante en la plantilla del ayuntamiento de torija:
Donde dice: “EXPONE: Que teniendo conocimiento de las Bases reguladoras del concursooposición convocado para la constitución de una Bolsa de Trabajo del puesto de AUXILIAR- ADMINISTRATIVO Municipal (Técnico Superior) del Ayuntamiento de Torija para cubrir interinamente la plaza, DECLARA que cumple con los requisitos exigidos para optar a la misma, teniendo constancia de que el incumplimiento de los mismos supone la exclusión de la participación en el proceso selectivo.”
Debe decir: “EXPONE: Que teniendo conocimiento de las Bases reguladoras del concurso-oposición convocado para la constitución de una Bolsa de Trabajo del puesto de AUXILIAR-ADMINISTRATIVO Municipal del Ayuntamiento de Torija para cubrir interinamente la plaza, DECLARA que cumple con los requisitos exigidos para optar a la misma, teniendo constancia de que el incumplimiento de los mismos supone la exclusión de la participación en el proceso selectivo.”
Se establece un plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara para la presentación de solicitudes.
Contra la presente rectificación de las bases, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante Alcalde - Presidente de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
En Torija a 22 de noviembre de 2019. El Alcalde, Rubén García Ortega