Ayuntamiento de Marchamalo
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Notificación POR Edicto DE ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, del acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación del sector Sp.pp.100 de suelo urbanizable de uso industrial del PGOU – Ciudad del Transporte, adoptado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Marchamalo el día 24 de febrero de 2015.
- Interesada: Doña Carmen García Urrea y Herederos de don Emilio de Diego León.
- Parte dispositiva del acuerdo:
«Visto cuanto antecede y de conformidad con el informe propuesta de resolución formulado por la Secretaría con fecha 24/02/2014, La Junta de Gobierno Local, en ejercicio de las competencias que tiene delegadas por la Alcaldía en virtud de resoluciones de fecha 25/06/2007 y 14/06/2011, por unanimidad de sus miembros, ACUERDA:
(…)
SEGUNDO.- Desestimar parcialmente las alegaciones presentadas al proyecto de reparcelación durante el periodo de información pública del mismo, que se resolvió por decreto de la Alcaldía de fecha 20/12/2013; por los propietarios que a continuación se relacionan, en los términos y por los motivos expresados en el informe de la Secretaría municipal de fecha 20/11/2014, del que se remitirá copia a los interesados junto con la notificación del presente acuerdo:
Julián Oñoro de Lucas, Emiliano de Mingo Oñoro y David de Mingo Oñoro (Hros. de Florencio Oñoro García).
Tomás Fortea Gómez y Elvira Juliana Marín Hernández.
María Luisa Sela Garduño.
María Magdalena de Diego León.
TERCERO.- Estimar parcialmente las alegaciones presentadas al proyecto de reparcelación durante el periodo de información pública del mismo, que se resolvió por decreto de la Alcaldía de fecha 20/12/2013; por los propietarios que a continuación se relacionan, en los términos y por los motivos expresados en el informe de la Secretaría municipal de fecha 20/11/2014, del que se remitirá copia a los interesados junto con la notificación del presente acuerdo:
Julián Oñoro de Lucas, Emiliano de Mingo Oñoro y David de Mingo Oñoro (Hros. de Florencio Oñoro García).
Tomás Fortea Gómez y Elvira Juliana Marín Hernández.
María Luisa Sela Garduño.
María Magdalena de Diego León.
(…)
SEXTO.- Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación forzosa del sector SP.pp.100 de suelo urbanizable industrial del PGOU municipal (Ciudad del Transporte) con las rectificaciones consecuencia de las alegaciones estimadas y en los términos en que aparece redactado en el Texto Refundido aportado el 4/12/2014, fechado en noviembre de 2014.
SÉPTIMO.- De conformidad con lo previsto en la normativa hipotecara, prestar consentimiento a la modificación de las hipotecas constituidas en escritura pública de 13/8/2014, como garantía real de la urbanización regulada en el art. 110.3.d TRLOTAU, para su traslado a las fincas resultantes de la reparcelación M-CIS-1.2, M-CIS-2.1, M-CLI 6.9, M-CLI-7.4, G-CIS-1.1, G-CLI-2.6, y G-CLI-4.5, en los términos expresados en el proyecto de reparcelación aprobado.
OCTAVO.- Que se expida certificación administrativa por triplicado, para proceder a su inscripción en el Registro de la Propiedad con carácter inmediato, cumpliendo con los requisitos exigidos por la normativa hipotecaria.
NOVENO. Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en uno de los periódicos de mayor difusión del municipio.
DÉCIMO.- Notificar el presente acuerdo aprobatorio del proyecto de reparcelación a los interesados.»
Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los legitimados podrán interponer alternativamente; bien recurso potestativo de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, de conformidad con los arts. 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o bien recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Marchamalo a 27 de febrero de 2015.– El Alcalde, Rafael Esteban Santamaría.





