Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
1528
NIG 19130 44 4 2012 0101490
N28150
Procedimiento ordinario 247/2012
Procedimiento origen:
Sobre ordinario
Demandante/s: D./D.ª Krassimir Gueorguiev Antov
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª Rafael Fernández Ramos, Radar Servicios Auxiliares, S.L., Promociones Inmobiliarias SANAYA, S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ordinario 247/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Krassimir Gueorguiev Antov, contra la empresa Rafael Fernández Ramos, Radar Servicios Auxiliares, S.L., Promociones Inmobiliarias SANAYA, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Rafael Fernández Ramos, Radar Servicios Auxiliares, S.L., Promociones Inmobiliarias SANAYA, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a uno de abril de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
«DILIGENCIA DE ORDENACIÓN.
Secretario/a Judicial D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a cinco de mayo de dos mil catorce.
Visto el estado en que se encuentra el presente procedimiento, cítese nuevamente a las partes para la audiencia del día 30 de abril de 2015, a las 9:45 horas la conciliación y a las 10:00 horas el juicio.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/La Secretario/a Judicial».