Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
1752
NIG: 19130 44 4 2011 0100628
N28150
N.º autos: Ejecución de títulos judiciales 348/2012
Demandante/s: Carlos de Felipe García-Bardon
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: CONSTRUCCIONES LANGA MAESTRO, S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 348/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Carlos de Felipe García-Bardon contra la empresa CONSTRUCCIONES LANGA MAESTRO, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DECRETO DE FECHA 14 DE ABRIL DE 2015
Y para que sirva de notificación en legal forma a CONSTRUCCIONES LANGA MAESTRO, S.L., en ignorado paradero expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a catorce de abril de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial.
NIG: 19130 44 4 2011 0100628
A301A0
N.º autos: PO: 1030/2010 del Juzgado de lo Social n.º 1
N.º ejecución: Ejecución de títulos judiciales 348/2012
Ejecutante/s: Carlos de Felipe García-Bardon
Abogado:
Representante Técnico Procesal:
Ejecutada/s: CONSTRUCCIONES LANGA MAESTRO, S.L.
Abogado:
Representante Técnico Procesal:
DECRETO
Secretario/a Judicial D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a catorce de abril de dos mil quince.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el presente ejecución de títulos judiciales 348/2012 se han embargado los siguientes bienes:
1.º.- Finca de Galápagos n.º 3220 IDUFIR 19011001000997; descripción de la finca: Urbana, finca número Cuatro. Apartamento tipo duplex, señalado con el n.º 4, en las plantas primera y bajo cubierta del edificio en Galápagos, en la calle Carboneros, números 14 y 16, cuyo acceso se realiza por la planta primera. Tiene una superficie construida total entre ambas plantas de sesenta y un metros cuadrados, distribuida en diversas dependencias y servicios. Linda, la parte en planta primera- frente, distribuidor, escaleras y apartamento n.º 3; derecha entrando, calle de su situación; izquierda, Jacinto Moreno Pacual; y fondo, Florentino Blas de Blas, y la parte en planta bajo cubierta: frente, apartamento n.º 3; derecha, cubierta del edificio; izquierda, Jacinto Moreno Pascual; y fondo, Florentino Blas de Blas. Cuota_ treinta y un enteros y cincuenta y dos centésimas por ciento.
TITULARIDAD: CONSTRUCCIONES LANGA MAESTRO SOCIEDAD RESPON NIF: B19219229.
TOMO LIBRO FOLIO ALTA: 2349 49 46 1.
2.º.- Finca de Galápagos n.º 3217 IDUFIR 1901100100096; descripción de la finca: Urbana.- Finca número Uno. Apartamento señalado con el n.º 1, en planta baja del edificio en Galápagos, en la calle Carboneros, números 14 y 16. Tiene una superficie construida de treinta y cinco metros y cincuenta decímetros cuadrados, distribuida, en diversas dependencias y servicios. Linda- frente, distribuidor, escaleras y apartamento número 2; derecha entrando, Jacinto Moreno Pascual; izquierda, calle de su situación; y fondo. Pedro Blas de Blas. Cuota_ dieciocho enteros y treinta y cinco centésimas por ciento.
TITULARIDAD: CONSTRUCCIONES LANGA MAESTRO SOCIEDAD RESPONS NIF B19219229.
TOMO LIBRO FOLIO ALTA: 2349 49 37 1.
y todo ello hasta cubrir el importe de la suma reclamada por principal, intereses y costas que ascienden a 18.000 euros de principal más el 10%, más 3.600 euros presupuestados para intereses y costas.
SEGUNDO.- Se ha remitido por el Registro de la Propiedad n.º dos de Guadalajara certificado de cargas unido a la ejecución.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El art. 261 de la LRJS dispone que cuando fuere necesario previamente a su realización se nombrará perito tasador entre los que presten servicio en la Administración de Justicia, y además o en su defecto, podrá requerir la designación de persona idónea a las entidades obligadas legalmente a asumir la peritación. Dicho nombramiento se pondrá en conocimiento de las partes o terceros que conste tenga derechos sobre los bienes a tasar para que, dentro del segundo día, puedan designar otros por su parte, con la prevención de que, si no lo hicieran, se les tendrá por conformes.
SEGUNDO.- El perito designado podrá ser recusado por el, ejecutante y el ejecutado que hubiere comparecido, en la forma prevista en el artículo 125 de la LEC.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
- Librar oficio al Servicio de Valoración Inmobiliaria del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha a fin de que proceda a la valoración de los bienes inmuebles embargados adjuntando testimonio de la certificación registral de cargas y número de referencia catastral.
- Notificarle la designación a los efectos de aceptación del cargo, que deberá efectuar en el día siguiente hábil, de no concurrir causa de abstención que lo impida.
- Notificar el nombramiento a las partes o terceros que tengan derechos sobre los bienes a tasar a fin de que, dentro del segundo día, puedan designar otros por su parte, con la prevención de que, si no lo hicieran, se les tendrá por conformes.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
El/La Secretario/a Judicial.