Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
1880
NIG: 19130 44 4 2014 0000228
N28150
Despido/Ceses en general 376/2014
Procedimiento origen:
Sobre despido
Demandante/s: D./D.ª María González Salaices
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª Víctor Manuel Barriopedro Martín
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
EDICTO
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 376/2014 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª María González Salaices contra la empresa Víctor Manuel Barriopedro Martín, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
SEGÚN FALLO ADJUNTO DE LA SENTENCIA.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Víctor Manuel Barriopedro Martín, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a treinta de abril de dos mil quince.– El/La Secretario/a Judicial.
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por D.ª María González Salaices frente al empresario D. Víctor Manuel Barriopedro Martín, declaro improcedente el despido de que ha sido objeto la parte actora el día 31-03-2014, y habiendo causado el empresario demandado baja en Seguridad Social y no tener actividad, y ser imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral con fecha de la presente resolución, condenando al demandado a abonar a la demandante en concepto de indemnización sustitutiva de la readmisión la suma de 5.661,37 €, y en concepto de salarios de tramitación la de 9.798,04 €.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito, en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 192 y ss. de la LRJS.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido pronunciada y publicada por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez que la suscribe, el mismo día de su fecha y en Audiencia pública; se incluye el original de esta resolución en el libro de Sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma y se remite a cada una de las partes un sobre por correo certificado con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, conforme a lo dispuesto en los artículos 56 y concordantes de la LRJS. Doy fe.