Ayuntamiento de Loranca de Tajuña
2604
Edicto
Por Resolución de la Alcaldía n.º 62/15, de 6 de julio de 2015, se ha dispuesto la siguiente delegación de competencias, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local y artículos 43, 44, 45 y 51 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales:
PRIMERO. Delegar el área de Hacienda, Economía, Obras, Medio Ambiente, Servicios Múltiples (Parques y Jardines, Mantenimiento y Limpieza de Viales) al Sr. Concejal D. Rafael Pérez González.
SEGUNDO. Delegar el área de Cultura y Festejos, Educación, Deportes y Juventud al Sr. Concejal D. Ángel López Paler.
TERCERO. Delegar el área de Sanidad, Movimientos asociativos y Sociales, Igualdad y Mujer y Coordinación Territorial al Sr. Concejal D. José Florián González Fernández.
CUARTO. Delegar el área de Bienestar Social, Seguridad y Protección Civil al Sr. Concejal D. Ernesto Martín Ruiz.
QUINTO. Las delegaciones efectuadas comprenden las facultades de impulso y gestión de las áreas, sin que quepa la resolución mediante actos administrativos.
En Loranca de Tajuña a 6 de julio de 2015.– El Alcalde, Enrique Calvo Montero.