AYUNTAMIENTO DE ALCOLEA DE LAS PEÑAS
1905
Para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Poder Judicial y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, se hace saber a todos los residentes de este Municipio que, dentro del plazo allí establecido se procederá por el Pleno de esta Corporación municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha el nombramiento de vecinos de este Municipio para ocupar los cargos de JUEZ DE PAZ TITULAR Y JUEZ DE PAZ SUSTITUTO en el mismo.
Que se abre un plazo de QUINCE DIAS HÁBILES para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación y tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento [https://alcoleadelaspenas.sedelectronica.es].
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etc.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Alcolea de las Peñas, a 27 de mayo de 2024.EL ALCALDE, Luis García Sánchez.