AYUNTAMIENTO DE MAJAELRAYO
252
Transcurrido el periodo de exposicion al publico y audiencia a los interesados, sin reclamaciones, en relacion con el acuerdo adoptado por el pleno del Ayuntamiento en sesion ordinaria celebrada el dia 1 de diciembre de 2023, por el que se aprobaba con caracter provisional la modificacion de las Ordenanzas fiscales reguladoras siguientes, quedando elevado a definitivo el acuerdo :
- Tasa de recogida de basuras, tasa de suministro de agua potable a domicilio.
Y quedan como figuran en los anexos que figuran a continuación.
Contra el referido acuerdo , podran los interesados presentar recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el dia siguiente a la publicacion de este edicto en el B.O.P.
Majaelrayo, a 12 de enero de 2024. La Alcaldesa, Sonia Atienza del Cura.
ANEXO
MODIFICACION DE LA ORDENANZA FISCAL DE LA TASA POR RECOGIDA DE BASURAS A DOMICILIO.
Articulo 4º.1 . Bases y tarifas :
a) Viviendas particulares : 88 euros anuales.
b) Alojamientos turísticos : cuota de 125 euros , mas 6 euros por cama , anuales.
d) Bar restaurante : 150 euros anuales.
e) Bar : 120 euros anuales.
f) Industrias: 120 euros anuales .
ANEXO
TASA POR SUMINISTRO DE AGUA POTABLE .
Articulo 4º BASES Y TARIFAS .
La cuota anual será la siguiente :
- Viviendas particulares:
- Cuota fija: 40 euros , que incluye 40 m3 de consumo , mas el IVA, con una subida del IPC anual, a contar desde la entrada en vigor.
- El resto del consumo a partir de 40 m3 sera:
- De 41 a 120 m3 : a 0,50 euros el m3
- De 121 m3 a 150 m3: a 1 euros el m3.
- De 151 en adelante : 1,50 euros el m3.
DISPOSICION FINAL UNICA:
La presente modificación entrara en vigor al dia siguiente de su publicación en el BOP integra, estando en vigor hasta que se modifique o se derogue.