JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 15 DE MADRID
641
Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid
Domicilio: C/ Princesa, 3 , Planta 5 - 28008
Teléfono: 914438491,914438492
Fax: 914438380
44007590
NIG: 28.079.00.4-2018/0061749
Procedimiento Cuenta de abogado 6/2019 - 0003
Materia: Clasificación profesional
DEMANDANTE: D./Dña. CARLOS FRANCISCO RUIZ DE TOLEDO GONZALEZ
DEMANDADO: D./Dña. JOSE MANUEL RAMIREZ SUAREZ
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 6/2019 - 0003 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. CARLOS FRANCISCO RUIZ DE TOLEDO GONZALEZ frente a D./Dña. JOSE MANUEL RAMIREZ SUAREZ sobre Cuenta de abogado se ha dictado la siguiente resolución :
“Visto el contenido del anterior escrito sobre Reclamación de Honorarios, fórmese el oportuno procedimiento y regístrese en el Libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el art. 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a D. JOSÉ MANUEL RAMÍREZ SUÁREZ para que en término de diez días ingrese en la cuenta de este Juzgado 2513-0000-68-0156-18 la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales 607,42 € o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá la vía de apremio contra sus bienes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA”.
“Advertido error en la diligencia de ordenación de fecha 16 de enero de dos mil diecinueve respecto a la cantidad requerida a D. JOSE MANUEL RAMÍREZ SUÁREZ, se aclara el mismo en el siguiente sentido: “...requiérase a D. JOSE MANUEL RAMÍREZ SUAREZ para que en término de diez días ingrese en la cuenta de este Juzgado 2513-0000-68-0156-18 la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales 397,42 € o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá la vía de apremio contra sus bienes.…”
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL”
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. JOSE MANUEL RAMIREZ SUAREZ , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a seis de marzo de dos mil veinte.LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA