AYUNTAMIENTO ADOBES
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Dando cumplimiento a lo acordado por El Pleno del Ayuntamiento de Adobes en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2019, y a los efectos prevenidos en los artículos 15.1 y 17.1 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, se acuerda con carácter provisional la modificación de las siguientes Tasas Municipales y la aprobación de las siguientes Ordenanzas fiscales:
- Tasa del cementerio municipal.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada podrán examinar los expedientes y presentar reclamaciones que estimen oportunas. Dejando constancia de que en caso de no presentarse reclamaciones los acuerdos provisionales, así como las correspondientes ordenanzas fiscales quedaran elevados automáticamente a definitivos.Plazo de Exposición al público y presentación de reclamaciones: Treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.Lugar de presentación de reclamaciones: Secretaría de la Entidad.Órgano ante el que se reclama: Pleno.
En Adobes a 20 de diciembre de 2019.La Alcaldesa. Fdo.: Cristina Murciano López