Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
611
FAM
NIG: 19130 44 4 2015 0001270
N28150
DSP Despido/Ceses en general 588/2015 JAM
Procedimiento origen:
Sobre despido
Demandante/s: D./D.ª Alicia López Naranjo
Abogado/a: Abogado del Estado
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: D./D.ª HOSTELERÍA DISTRIBUCIÓN TALLERES SL
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Despido/Ceses en general 588/2015 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Alicia López Naranjo, contra la empresa HOSTELERÍA DISTRIBUCIÓN TALLERES SL, sobre despido, se ha dictado la siguiente Sentencia cuya parte dispositiva se adjunta:
FALLO
Desestimo la demanda interpuesta por D. Alicia López Naranjo, frente a la empresa HOSTELERÍA DISTRIBUCIÓN TALLERES SL, a la que absuelvo de la pretensión deducida en su contra por la parte actora. Absolviendo al Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala Social del Tribunal Superior de justicia de Castilla-La Mancha. En caso de que se presente recurso ha de anunciarse ante este Juzgado por escrito o comparecencia dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.
Así por esta sentencia que se llevará al libro de sentencias de este Juzgado dejando certificación literal de la misma a las actuaciones lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a HOSTELERÍA DISTRIBUCIÓN TALLERES SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín oficial de la Provincia de Guadalajara
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a diez de febrero de dos mil dieciséis.– El/La Letrado de la Administración de Justicia, rubricado.