AYUNTAMIENTO DE ALCOCER
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Habiendo sido aprobados los padrones del ejercicio 2018 que a continuación se relacionan:
- Tasa por Suministro de Agua 1º y 2º periodo de 2018
- Tasa de Basura 1º y 2º semestre de 2018
- Tasa de Alcantarillado 1º y 2º semestre de 2018
- Tasa de Cementerio de 2018
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de 2018
- Impuesto de Bienes Inmuebles Urbanos de 2018
- Impuesto de Bienes Inmuebles de Características Especiales de 2018
- Impuesto de Bienes Inmuebles Rústicos de 2018
Quedan expuestos al público para el examen y reclamaciones por parte de los legítimamente interesados durante el plazo de quince días antes del inicio de su puesta al cobro.
La exposición al público de los padrones producirá los efectos de notificación de las liquidaciones de cuotas que figuran consignadas para cada acto de los interesados, a los efectos de notificación colectiva prevista en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación.
- Periodo de cobro del: 8 de marzo al 11 de mayo
- Consumo de Agua y Alcantarillado 1º Periodo – Ejercicio 2.018
- Imp. De Vehículos de Tracción Mecánica – Ejercicio 2.018
- Tasa de recogida de Basuras 1º Semestre – Ejercicio 2.018
- Imp. de Bienes Inmuebles Características Especiales – Ejercicio 2.018
- Cementerio – Ejercicio 2.018
- Periodo de cobro del: 2 de Julio al 3 de septiembre
- Imp. de Bienes Inmuebles Urbanos – Ejercicio 2.018
- Imp. de Bienes Inmuebles Rústicos – Ejercicio 2.018
- Periodo de cobro del: 1 de octubre al 4 de diciembre
- Consumo de Agua y Alcantarillado 2º Periodo – Ejercicio 2.018
- Tasa de recogida de Basuras 2º Semestre – Ejercicio 2.018
Pago en periodo ejecutivo: Todos los documentos de cobro que queden pendientes de pago al finalizar el periodo voluntario, incurrirán de manera automática en los recargos e intereses de demora a que se refieren los artículos 28 y 26 de la Ley General Tributaria, respectivamente.
Lugar de pago
Los pagos se podrán efectuar en cualquiera de las oficinas de Cajas de Ahorro y Entidades Colaboradoras, relacionadas en los documentos de cobro.
En el Ayuntamiento de Alcocer: De 10:30 h a 13:00 h
Para el 1º periodo de cobro el día 9 de mayo de 2018
Para el 2º periodo de cobro el día 2 de agosto 2018
Para el 3º periodo de cobro el día 4 de diciembre de 2018
RECURSOS
Contra los actos de aprobación de las listas cobratorias de los tributos citados, los interesados podrán interponer los siguientes recursos:
- Recurso de reposición: Ante el Sr. Alcalde, en el Plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública de cada uno de los tributos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 c del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Con carácter previo al recurso contencioso-administrativo.
- Recurso Contencioso-Administrativo:
- Denegación expresa de recurso de reposición. Ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al recibo de la notificación de la desestimación del recurso de reposición.
- Denegación presunta (silencio administrativo) del recurso de reposición: ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que el referido recurso de reposición ha de entenderse desestimado de forma presunta por silencio administrativo, este silencio se produce por el transcurso de un mes a contar desde el día siguiente a la interposición de dicho recurso de reposición, sin que se haya notificado la resolución.
Asimismo, se podrán interponer cualquier otro que se estime conveniente.
Alcocer a 23 de enero de 2018. EL ALCALDE: AGUSTÍN CÁMARA CERVIGÓN