JUZGADO DE LO SOCIAL N- 2 DE GUADALAJARA
2716
JDO. DE LO SOCIAL N. 2 GUADALAJARA -
AVENIDA DE EJERCITO 12, EDIF SERVICIOS MULTIPLES PLANTA PRIMERA
Tfno: 949209900
Fax: 949235274
Equipo/usuario: MT1
NIG: 19130 44 4 2016 0001066
Modelo: N28150
ETJ EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000032 /2017
Procedimiento origen: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000501 /2016
Sobre DESPIDO
EJECUTANTE: LIS GOMEZ RIVERA
ABOGADO/A: YASMINA CANALEJO AGLIO
EJECUTADA: FONDO DE GARANTIA SALARIAL, COTOTAPAS SL
ABOGADO/A: LETRADO DE FOGASA, , ,
E D I C T O
Dª MARÍA PILAR BUELGA ALVAREZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 2 de GUADALAJARA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 32/2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª LIS GOMEZ RIVERA contra la empresa COTOTAPAS SL, sobre DESPIDO, se han dictado las siguientes resoluciones, cuya parte dispositiva se adjunta:
PARTE DISPOSITIVA
SE DECLARA:
-Extinguida la relación laboral entre la parte ejecutante, Dª LIS GÓMEZ RIVERA, y la parte ejecutada COTOTAPAS S.L con efectos de esta resolución, 10 de julio de 2017.
-Se condena a COTOTAPAS S.L a satisfacer a la ejecutante, una indemnización de 33 días por año, (conforme al Real Decreto 3/2012 de 10 de febrero, Disposición Transitoria Quinta), prorrateándose, los períodos inferiores a una anualidad, computándose como tiempo de servicio el transcurrido hasta la fecha de esta resolución, que supone el importe de 1.812,11 €.
-Se condena a la empresa a abonar al demandante en concepto de salarios de tramitación el importe de 4.691,66 euros
MODO IMPUGNACION.-Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los TRES DIAS hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda por aplicación del art 184.1 de la L.E.C.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.
Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a COTOTAPAS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara, a once de julio de dos mil diecisiete.EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA