Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
5480
NIG: 19130 44 4 2012 0201417
N81291
N.º autos: Procedimiento Ordinario 0000323/2012-E
Demandante/s: Luis Miguel Blas Ranz
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: Ayuntamiento de Guadalajara, Ayuntamiento de Guadalajara, Magerit Facility Services S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Procedimiento ordinario 0000323/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Luis Miguel Blas Ranz contra la empresa Ayuntamiento de Guadalajara, Magerit Facility Services S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretario/a Judicial Sr./Sra. D/D.ª María Pilar Buelga Álvarez.
En Guadalajara a quince de noviembre de dos mil doce.
Habiendo devuelto la carta certificada con acuse de recibo, donde consta “Se Ausento”, y ante la imposibilidad de la notificación de la resolución de fecha 24/09/2012, a la demanda Magerit Facility Services S.L., en la que se acordaba ampliar la demanda contra el Ayuntamiento de Guadalajara y citar a dicho Ayuntamientc para la celebración del acto de Juicio el próximo día 09/01/2013, a las 11:00 horas, se acuerda la notificación de dicha resolución en el BOP de Guadalajara, de la Comunidad de Madrid y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán conforme al art. 59 de la LPL.
- Dése traslado a la demandante por si conociese nuevo domicilio de la demandada para que lo aporte en el plazo de cuatro días.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.”
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a quince de noviembre de dos mil doce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.