Ayuntamiento de Cogolludo
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Edicto
Don Jaime de Frías Redondo, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cogolludo, (Guadalajara).
Ante el estado defectuoso que presenta el muro exterior de cerramiento de las fincas urbanas sitas en el Camino de San Antón, n.º 3 y n.º 9.509, de esta localidad, cuyos titulares catastrales son D. Fernando Díez Frías y D. Hermanos Frías Garralón, a quienes no ha sido posible localizar para la entrega del oportuno requerimiento, y de conformidad con el deber de conservación que compete a los propietarios de los solares, edificios y construcciones, establecido por el artículo 137 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2004, de 28 de diciembre.
Visto el informe técnico emitido por el Sr. Arquitecto Municipal, del cual se desprende la existencia de un grave riesgo para las personas y bienes, incrementado por la proximidad de la carretera de Cogolludo a Atienza, por medio del presente,
DECRETO
PRIMERO.- Requerir a la propiedad del inmueble, de acuerdo con los datos catastrales obrantes en este Ayuntamiento, a fin de que, en el plazo improrrogable de quince días, contados desde la recepción de la presente, adopte cuantas medidas fueren necesarias para el aseguramiento de la parte del inmueble que amenaza caer sobre la vía pública, con el consiguiente riesgo para personas y bienes.
SEGUNDO.- Iniciar el correspondiente expediente de infracción urbanística por incumplimiento del deber de conservación establecido por el artículo 137 del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto-Legislativo 1/2010, de 4 de 18 de mayo.
TERCERO.- Dar traslado del presente Decreto, junto con el informe técnico emitido por el Sr. Arquitecto Municipal, al interesado y a la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, titular de la carretera indicada.
CUARTO.- Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que se celebre.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento de Cogolludo, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público a los efectos previstos en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Cogolludo, 26 de febrero de 2013.– El Alcalde, Jaime de Frías Redondo.