Suscripción a Nuestra Newsletter

Encuentra Cualquier Contenido

Búsquedas Simples

Búsquedas Múltiples (Se puede marcar más de una opción en la casilla de la derecha).

Tipo de anuncio
Municipios

Buscar

Anuncio
Concurso
Corrección de errores
Cédula de Notificación
Edicto
Empleo
General
Multa
Ablanque
Abánades
Adobes
Alaminos
Alarilla
Albacete
Albalate de Zorita
Albares
Albendiego
Alcocer
Alcolea de las Peñas
Alcolea del Pinar
Alcoroches
Aldeanueva de Atienza
Aldeanueva de Guadalajara
Algar de Mesa
Algora
Alhóndiga
Alique
Almadrones
Almoguera
Almonacid de Zorita
Alocén
Alovera
Alustante
Anguita
Angón
Anquela del Ducado
Anquela del Pedregal
Aranzueque
Arbancón
Arbeteta
Argecilla
Armallones
Armuña de Tajuña
Arroyo de las Fraguas
Atanzón
Atienza
Auñón
Azuqueca de Henares
Baides
Barriopedro
Baños de Tajo
Bañuelos
Berninches
Bodera (La)
Brihuega
Budia
Bujalaro
Burgos
Bustares
Cabanillas del Campo
Campillo de Dueñas
Campillo de Ranas
Campisábalos
Canredondo
Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
Zorita de los Canes

Podrá filtrar la búsqueda por el tipo de anuncio que aparece en la lista desplegable.

Otra forma de filtrar la búsqueda es seleccionando el municipio.

Seleccione desde qué fecha quiere comenzar la búsqueda. Por defecto será desde el día uno del mes anterior a la fecha actual. La fecha puede modificarse en el calendario para personalizar la búsqueda.

Fecha actual la cual podrá ser modificada en el calendario que aparece al clikar.

Búsqueda por el día exacto de publicación del anuncio si lo conoce.

Viernes, 28 Mayo 2021 08:05

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y TÉCNICAS QUE RIGEN LA CONTRATACIÓN DE LA PISCINA MUNICIPAL DE PIOZ Y EL BAR TERRAZA ANEXO

1698

Pliego de cláusulas administrativas particulares y técnicas que rigen la contratación de la piscina municipal de Pioz y el bar terraza anexo
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE PIOZ


1698

CLÁUSULA 1ª. Objeto y calificación

El objeto del contrato es la gestión de la piscina municipal y del bar terraza anexo

El objeto contempla la gestión y sostenimiento de la piscina municipal ,recinto de la misma ,mantenimiento etc así como la gestión del bar de la instalación y la terraza del mismo.

Se entrega la obra civil por lo que tanto el bar como la terraza carecen de equipamiento, así como se entrega el uso de los aseos y vestuarios en el periodo de piscina

Nos encontramos ante un contrato mixto con dos objetos diferenciados por un lado la gestión de la piscina y por otro el bar terraza anexo pero directamente vinculadas entre sí, manteniendo relación de complementariedad de conformidad con lo establecido en el artículo 34 de la LCSP 2017

La gestión de la piscina tendría la calificación de contrato de concesión de servicio público, al tratarse de la gestión de una competencia propia del ayuntamiento en virtud del artículo 25 de la ley 7/1985 de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local. Por su parte la explotación del bar terraza tendría la calificación de contrato administrativo especial por satisfacer de forma directa una finalidad pública de la específica competencia de la corporación local según lo previsto en el artículo 25.1.b) de la LCSP 2017 en relación con el 25.2 l) LRBR.

Según las estimaciones de este ayuntamiento la prestación con más importancia desde el punto de vista económico es la concesión de la piscina, por tanto para la adjudicación del presente contrato mixto hemos de seguir las normas previstas para los contratos de concesión de servicios según el artículo 18 LCSP 2017

La justificación de la presente contratación radica en el hecho de que se trata principalmente de un servicio de temporada para lo cual el ayuntamiento de Pioz no cuenta con personal cualificado , lo cual unido a qué puede ser objeto de explotación económica hace que se convierta en susceptible de licitación

Se prohíbe la subcontratación

 

CLÁUSULA 2ª. Procedimiento de Selección y Adjudicación

La adjudicación del contrato se realizará por el procedimiento abierto en el que todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato de acuerdo con el artículo 156 LCSP 2017

Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá como único criterio de valoración a la oferta más alta de conformidad con el artículo 145.1 lcsp-2017 y con lo establecido en la cláusula novena del presente pliego

CLÁUSULA 3ª. Perfil del contratante

Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante donde se irán publicando las informaciones relativas al presente contrato, así como en la Plataforma de Contratación del Sector Público.

CLÁUSULA 4ª. Importe del Contrato

El tipo mínimo de Canon global a satisfacer por el adjudicatario al ayuntamiento de Pioz asciende a la cantidad de 1000 € por 2 años

Forma de pago el importe anual 500 € se pagará

El 50% en junio
El 50% en septiembre

El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 2000 € teniendo en cuenta las posibles prórrogas y modificaciones del mismo

CLÁUSULA 5ª. Duración del contrato

La duración del contrato se da de dos temporadas con efectos desde el 20 de junio de 2021 hasta el 20 de septiembre de 2021 y desde el 20 de junio de 2022 hasta el 20 de septiembre de 2022 pudiéndose prorrogarse por el ayuntamiento por plazos de dos temporadas más

CLÁUSULA 6ª. Acreditación de la aptitud para Contratar

Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar no estén incursas en prohibiciones de contratar y acrediten su solvencia económica financiera y técnica o profesional

1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditara:

a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

c) Los demás empresarios extranjeros con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa 

2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de  las prohibiciones de contratar del articulo 85 LCSP 2017 podrá realizarse

Sin perjuicio de lo establecido en el segundo párrafo del apartado 3 del artículo 140, la prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos.

Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable o administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

3. La solvencia del empresario

3.1 La solvencia económica y financiera del empresario se deberá acreditar por el medio siguiente:

- Justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales tal y como se establece y desglosa en el pliego de prescripciones técnicas.

3.2. La solvencia técnica de los empresarios se acreditara por el siguiente medio:

- Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución del contrato, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente. Se considerara suficiente con el compromiso de aportación de cinco personas como mínimo responsables de la ejecución del contrato (ejemplo: socorristas, personal de mantenimiento, taquillero, camareros…. etc)

CLÁUSULA 7ª. Clasificación del contratista

No resulta exigible

CLÁUSULA 8ª. Presentación de proposiciones y Documentación Administrativa

De conformidad con el artículo 159 LCSP, las proposiciones deberán presentarse necesaria y únicamente en el:

Registro General del ayuntamiento de Pioz
Plaza Mayor, 1, 19162 Pioz, Guadalajara
Telf. 949 27 20 76

El plazo de presentación de las mismas será de 13 días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil del contratante de la página web del Ayuntamiento de Pioz

Los licitadores que presenten propuestas en alguno de los registros oficiales que autoriza el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán comunicar este hecho al Ayuntamiento de Pioz dentro del plazo máximo de presentación de proposiciones, mediante fax (nº fax 949 272207) o dirigida al correo electrónico de Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Si faltase esta comunicación no será admitida la proposición.

No obstante, transcurridos diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, esta no será admitida en ningún caso.

Cada empresario no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estas prohibiciones dará lugar a la inadmisión de todas las proposiciones por el suscritas.

La presentación de proposiciones supone, por parte del empresario, la aceptación incondicional del clausulado de este pliego, y del de prescripciones técnicas que rigen en el presente contrato, sin salvedad alguna, sin perjuicio de los puntuables previstos y que se detallan en el pliego de condiciones técnicas.

La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego.

Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentaran en DOS SOBRES, A Y B cerrados, firmados por el licitador o persona que lo represente, en cada uno de los cuales se hará constar externamente, el nombre del licitador, domicilio social, teléfono y correo electrónico de contacto y la denominación del expediente

  • Sobre «A»: Documentación Administrativa
  • Sobre «B»: Proposición Económica

Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos:

 

SOBRE A
DOCUMENTACION ADMINISTRATIVA

A) Declaración responsable del licitador indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la administración.

 Se presentará conforme al siguiente modelo

MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE

D …………………………………………………………………... con domicilio en ………………………. c/ ………………………………………………….. con DNI nº………………., en representación de la Entidad ………………………….. con CIF nº ………………….  a efectos de su participación en la licitación ………………………..

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

PRIMERO que se dispone a participar en la contratación de la gestión de la piscina municipal y del bar terraza anexo

SEGUNDO que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el apartado primero del artículo 140 LCSP 2017 en concreto:

1º Que la sociedad está válidamente constituida y que conforme a su objeto social puede presentarse a la licitación así como que el firmante de la declaración ostenta la debida representación para la presentación de la proposición y de aquella

2º Que cuenta con la correspondiente clasificación en su caso o que cumple los requisitos de solvencia económica financiera y técnica o profesional exigida en las condiciones que establezca el pliego de conformidad con el formulario normalizado del documento europeo único de contratación a qué se refiere el artículo siguiente

3º Que no está incursa en prohibición de contratar por sí misma ni por extensión como consecuencia de la aplicación del articulo 71.3 de esta ley

4º La designación de una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones que deberá ser “habilitada” de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta, en los casos en que el órgano de contratación haya optado por realizar las notificaciones a través de la misma esta circunstancia deberá recogerse en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

TERCERO Que se compromete acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración en caso de que se ha propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello

Y para que conste, firmo la presente declaración

En………………………….. a…………………..de………de 2021

 

SOBRE B
PROPOSICION ECONOMICA

a) Proposición económica.

Se presentará conforme al siguiente modelo:

D …………………………………………………………………... con domicilio en ………………………. c/ ………………………………………………….. con DNI nº ………………., en representación de la Entidad ………………………….. con CIF nº …………………. designando como medio preferente para recibir el requerimiento en caso de que su oferta resulte la mas ventajosa, el número de teléfono móvil……… y la dirección de correo electrónico……… a efectos de recibir avisos relacionado con este contrato. Enterado del expediente para la contratación del contrato de concesión de servicios de la gestión de la piscina municipal de Pioz y el bar anexo, por procedimiento abierto, con un solo criterio de adjudicación, hago constara que  conozco el Pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por el importe de ………………….………………………………………………..… euros (cifra y letra) y ………………………………………… euros correspondientes al impuesto sobre el Valor añadido

En……………………………..a………..de………………..de 2021

 

Firma del licitador

Fdo: …………………………………………………..

La proposición económica se presentará escrita de forma legible y no sé aceptarán aquellas que tengan omisiones errores o tachaduras que impiden conocer claramente lo que la administración estima fundamental para considerar la oferta. En caso de discordancia entre la cantidad expresada en letra y en número la oferta será desechada por la mesa de contratación

Si alguna proposición no guardarse concordancia con la documentación examinada y admitida, fuese inferior al canon base de licitación, variará sustancialmente el modelo establecido , o comportarse error manifiesto en el importe de la proposición o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable será desechada por la mesa en resolución motivada

CLÁUSULA 9ª. Garantía Provisional

No se exige

CLÁUSULA 10ª. Criterios de adjudicación

Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá al criterio del precio debiendo el licitador incluir en su oferta económica el precio ofertado por la explotación o concesión

Los precios o tarifas de baños de la piscina municipal de Pioz son los siguientes:

Entradas individuales
a) Infantil /Juvenil ( 6 a 17 años) 3 euros
b) Adultos (18 a 65 años) 5 euros
c) Pensionistas ( + 65 años y pensionistas) 2 euros
Abono l0 baños  
a) Infantil/ Juvenil ( 6 a 17 años) 20 euros
b) Adultos (18 a 65 años) 30 euros
c) Pensionistas ( + 65 años y pensionistas) 15 euros
Abono  Temporada  
a) Infantil/ Juvenil ( 6 a 17 años) 30 euros
b) Adultos (18 a 65 años) 50 euros
c) Pensionistas ( + 65 años y pensionistas) 25 euros

En caso de que se presenten dos o más proposiciones iguales que resultase ser las del precio más alto se decidirá la adjudicación de estás en la forma prevista en el artículo 147 de la LCSP 2017

CLÁUSULA 11ª. Mesa de Contratación

Formarán parte de la mesa de contratación de acuerdo con lo establecido en el punto 7 de la disposición adicional segunda de la LCSP 2017

PRESIDENTE: El Alcalde presidente o concejal en quien delegue.

SECRETARIA: Una funcionaria del ayuntamiento de Pioz

VOCAL: La Secretaria Interventora del ayuntamiento, la concejala de infraestructuras y medio ambiente o concejal en quien delegue, una gestora administrativa del ayuntamiento de Pioz     

Para la valida constitución de la mesa y la apertura de picas habrán de estar presentes todos sus miembros.

CLÁUSULA 12ª. Apertura de proposiciones

La mesa de contratación se reunirá al siguiente día hábil tras la finalización del plazo de presentación de las proposiciones, procederá a la apertura de los sobres A y calificará la documentación administrativa contenida en los mismos presentada en tiempo y forma por los licitadores (salvo que se haya anunciado por algún licitador el envío de oferta por correo postal en cuyo caso habrá que esperar a la llegada de dicha oferta hasta un máximo de 10 días)

Si la mesa observarse defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada lo comunicara verbalmente a los interesados concediéndole un plazo no superior a 3 días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen , igualmente podrá solicitar si fuera necesario las aclaraciones o documentación complementaria a qué se refiere el artículo 95 LCSP 2017. En tales casos, las proposiciones se admitirán condicionadas a la subsanación de las referidas deficiencias dentro del plazo concedido para ello

Serán rechazadas las proposiciones cuando nos hubiesen subsanado los defectos u omisiones dentro del plazo concedido para ello.

A continuación se procederá a la apertura del sobre B y al examen de las proposiciones económicas presentadas por los licitadores de conformidad con lo establecido en el artículo 83 del reglamento general de la ley de contratos de las administraciones públicas (RDL 1098/2001), clasificando las proposiciones presentadas por orden decreciente, atendiendo al único criterio de adjudicación previsto en este pliego y formulando la correspondiente propuesta de adjudicación al órgano de contratación

CLÁUSULA 13ª. Requerimiento de documentación

El órgano de contratación clasificará por orden decreciente las ofertas presentadas atendiendo al criterio de adjudicación determinado en este pliego y teniendo en cuenta la propuesta formulada por la mesa de contratación; requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa y que haya quedado en primer lugar para que en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en el que hubiera recibido el requerimiento presente la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la seguridad social, de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente en los términos determinados en los párrafos siguientes y del resto de la documentación acreditativa de la aptitud para contratar reflejada en la cláusula sexta del presente pliego.

El requerimiento se realizarán por cualquier medio que permita tener constancia de la fecha de su recepción por el interesado

De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado se entenderá que el licitador ha retirado su oferta procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al licitador siguiente por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas

El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la administración será el de la finalización del plazo de presentación de proposiciones

CLÁUSULA 14ª. Garantía definitiva

El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente a aquel en que se hubiese recibido el requerimiento la constitución de la garantía definitiva a disposición del ayuntamiento de Pioz por importe del 5% del importe de adjudicación del contrato excluido el IVA

La garantía definitiva podrá prestarse en cualquiera de las formas establecidas en el articulo 108 de la LCSP 2017 y no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato

Está garantía responderá a los conceptos incluidos en el artículo 110 LCSP 2017 y transcurrido un año desde la fecha de terminación del contrato, sin que la recepción formal y la liquidación hubiesen tenido lugar por causas no imputables al contratista se procederá sin más demora a su devolución o cancelación una vez depuradas las responsabilidades a qué se refiere el citado artículo 110.

La acreditación de la constitución de la garantía podrá hacerse mediante medios electrónicos

CLÁUSULA 15ª. Adjudicación del contrato

Recibida la documentación solicitada el órgano de contratación deberá proceder a la adjudicación del contrato

En ningún caso podrá declararse desierta una de licitación cuando exista alguna oferta o proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego

La adjudicación que deberá ser motivada se notificará a los candidatos o licitadores y simultáneamente se publicará en la página web del ayuntamiento

CLÁUSULA 16ª. Formalización del contrato

La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los 8 días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público

El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública corriendo de su cargo los correspondientes gastos

No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización

CLÁUSULA 17ª. Derechos y obligaciones del adjudicatario

El contratista tendrá derecho a cobrar a los usuarios para su beneficio los precios que se señalan en el presente documento, teniendo los usuarios derecho a obtener las entradas de temporada conforme a los precios que se citan en este pliego; será igualmente a beneficio del concesionario la explotación del bar y terraza anexa al mismo

Además, son obligaciones específicas del contratista las siguientes

  • Dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello articulo 76.2 de la ley 9/2017 LCSP
  • Gastos exigibles al contratista son de cuenta del contratista los gastos que pueda ocasionar esta licitación

Otras obligaciones:

1. El concesionario se proveerá de la documentación y autorizaciones necesarias para el buen funcionamiento de las instalaciones, tanto municipales como del resto de los organismos competentes.

2. El concesionario se hará cargo del equipamiento del bar ,proveerse de los elementos de socorro requeridos legalmente, señalizaciones y todo lo relacionado con la piscina.

3. El concesionario se obliga a mantener en todo momento la máxima limpieza y vigilancia en todo el recinto debiendo habilitar al efecto los elementos necesarios.

4. El concesionario correrá con los gastos de mantenimiento y funcionamiento del recinto:  agua, basura, electricidad, seguro de responsabilidad (que deberá presentar al ayuntamiento )etc.

5. El concesionario se encargará de la contratación tanto de los socorristas requeridos según los metros cuadrados de lámina de agua exigidos en el Decreto 72/2017, de 10 de octubre, por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias de las piscinas en Castilla-La Mancha ,así como del personal necesario para el funcionamiento de las instalaciones sin que ello suponga relación laboral ni de otro tipo con el ayuntamiento

6. El adjudicatario quedará obligado a cumplir todas las disposiciones laborales y fiscales que le sean de aplicación quedando exonerado el ayuntamiento de cualquier responsabilidad en caso de incumplimiento de dichas obligaciones por parte del concesionario

7 El concesionario deberá seguir en todo momento las indicaciones sanitarias y de calidad que se determinen por las administraciones competentes y por el ayuntamiento debiendo seguir las resoluciones de los mismos destinadas a mejorar el funcionamiento del servicio y la mejor atención al usuario.

8. Las tarifas a aplicar por el uso de la piscina serán las reflejadas en este pliego y que han sido aprobadas por la correspondiente ordenanza municipal.

Así mismo serán exigibles al contratista:

1. La limpieza inicial y desinfección del vaso, los controles de la calidad del agua iniciales, de rutina y periódicos y la elaboración y actualización del protocolo de autocontrol específico de las piscinas la desinfección y desinsectación del  edificio y la gestión de cuentas permisos y autorizaciones administrativas y de otro tipo sean necesarias para la prestación del servicio y su puesta en funcionamiento son responsabilidad única y a costa del contratista

2. Cualquier tardanza en la apertura de las instalaciones de la piscina por retraso en estas limpiezas, desinfecciones, desinsectaciones o controles o derivada de la autorización consiguiente de los servicios farmacéuticos será responsabilidad del contratista

3. Desde el momento de la entrega, el único responsable del mantenimiento, salubridad, limpieza, mejora, reparación o uso de cualquier infraestructura elemento o equipamiento de las instalaciones será el adjudicatario, por sí mismo en su caso a través de empresa especializada, en este sentido serán responsables de cualquier avería producida por el uso inadecuado, manipulación negligente, sabotaje o de daños a las propias instalaciones o a terceros debiendo asumir directamente  o a través de un seguro los gastos derivados de su reparación y reposición.

4. Cobrará a los usuarios para su beneficio las tarifas o precios que el ayuntamiento tenga establecidos en la ordenanza fiscal correspondiente ,siendo de su cuenta la confección y venta de las entradas.

 Además cobrará las consumiciones del bar de acuerdo con los precios medios existentes en el municipio con referencia a otros bares

5. Gestionar las instalaciones y el servicio de acuerdo con las instrucciones que reciba del ayuntamiento en cuanto a la limpieza de la piscina, bar ,vestuarios e interior de la sala de la depuradora, poniendo especial cuidado en el manejo de los elementos de mayor coste y/o fragilidad ( como bombas depuradora electroválvulas aspersores etc)

6. Dentro de las tareas de limpieza

  • La limpieza interior del edificio terraza vestuarios aseos y el resto de la edificación diaria
  • El cuidado del mobiliario urbano (papeleras ,vallado perimetral, duchas….)
  • La conservación y reparación de cualquier elemento de las instalaciones vallas papeleras maquinaria
  • El vaciado diario de papeleras
  • La limpieza y recogida de basura en los espacios comunes exteriores( como aceras, zonas verdes, setos perimetrales, duchas…..)

Así, entre otros aspectos se responsabilizará de:

- Impedir durante el periodo que no esté abierta la piscina a público o en los horarios en que solo se abra el bar, el acceso y tránsito por la zona verde y el acceso al perímetro, aceras, interior del vaso de la piscina desde la zona del bar , bien cerrando esta zona al público o bien acotándola de algún modo en su perímetro con algún elemento móvil que dificulte el paso y avisando al público de tal prohibición, poniendo los medios personales para hacerla respetar.

De los daños relevantes que pueda sufrir el césped, aspersores, mobiliario etc por el uso inadecuado o abusivo

En este sentido el adjudicatario acepta que desde el momento en que realice la oferta ostentara la responsabilidad sobre la seguridad física de los clientes de la instalación debiendo, asimismo, suscribir el seguro que se reseñar a con posterioridad

- La depuración y cloración periódica del agua de la piscina incluyendo el tratamiento inicial necesario para obtener las autorizaciones sanitarias necesarias para su apertura, todos los controles de calidad y el protocolo de autocontrol, la retirada de hojas y limpieza de filtros deberá seguir escrupulosamente el procedimiento escrito o instrucciones que se les facilitará desde el Ayuntamiento, siendo responsables de cualquier avería ocasionada por el uso negligente y designará a una persona concreta para su manejo( aunque compatibilice este manejo con otras funciones en la piscina )que en todo caso poseerá las habilidades o capacidades suficientes para poder aprender a manejar los elementos de la depuradora.

En el momento de la firma, el adjudicatario deberá de presentar el compromiso escrito te contratará los socorristas necesarios con la titulación exigida para tal efecto, puesta al día para prestar sus servicios en la piscina, junto con una copia del carnet de socorrista, igualmente deberá presentar póliza de seguro de responsabilidad civil tal y como se prevé en el pliego técnico con independencia del seguro que a su nombre puedan tener los socorristas, así como suficiente para cubrir los daños/robo sobre la infraestructura, equipamiento y mobiliario entregados al concesionario el inicio de la temporada

Durante el tiempo de apertura de las piscinas al público los socorristas deberán estar junto a la piscina, en el lugar donde esté situada su silla. Sí inexcusablemente debieran ausentarse por momentos lo indicaran a los bañistas y ordenarán que salgan de la piscina. Si por alguna circunstancia los socorristas cayeron enfermos o sean accidentados, el contratista estará obligado a suplir sus servicios con otro.

Toda la información reseñada en la información al público que marca el decreto 72/2017 de 10 de octubre habrá de ser remitida quincenalmente al ayuntamiento y especialmente al final del periodo estival

El señor Alcalde los concejales y los funcionarios del ayuntamiento de Pioz acompañados o no de personal especializado podrán acceder libremente a las instalaciones en cualquier momento del día o de la noche para comprobar el correcto uso de las instalaciones

CLÁUSULA 18ª. Derechos y obligaciones del adjudicatario

El ayuntamiento es titular del servicio que presta de forma indirecta, ostentando este servicio en todo momento la calificación de servicio público del Ayuntamiento, cuya competencia tiene atribuida, lo que justifica el control de su gestión y la inspección del servicio en todo momento, conservando los poderes de policía necesarios para asegurar la buena marcha del servicio de qué se trate, que puede ser modificado y suprimido

El ayuntamiento ostentará sin perjuicio de las que procedan las potestades siguientes:

1. Modificar por razones de interés público las características del servicio contratado y las tarifas que han de ser abonadas por los usuarios y entre otras:

* La variación en la calidad cantidad tiempo o lugar de las prestaciones en qué servicio consista
* La alteración de las tarifas a cargo del público y en la forma de retribución de la explotación del bar de la piscina

2. Fiscalizar ,la gestión del adjudicatario a cuyo efecto podrá inspeccionar el servicio ,sus obras, instalaciones y la documentación relacionada con el objeto de la explotación, así como dictar las órdenes para mantener o restablecer la debida prestación

3.Asumir temporalmente la ejecución directa del servicio en los casos en los que no lo préstese o no lo pudiese prestar el adjudicatario por circunstancias imputables o no al mismo

4. Imponer al adjudicatario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiese

5.  Rescatar del servicio

6. Suprimir el servicio

El ayuntamiento de Pioz entregará al adjudicatario  el edificio y vestuarios en buen estado básico de uso y funcionamiento tanto en lo referente a la limpieza elemental como al funcionamiento de sus equipamiento

CLÁUSULA 19ª. Revisión de precios

No procede

CLÁUSULA 20ª. Plazo de Garantía

 Un año desde la terminación de la prestación del servicio

CLÁUSULA 21ª. Ejecución del contrato

El contrato se ejecutará con sujeción a lo establecido en este pliego de condiciones y de acuerdo con las instrucciones que se darán al contratista para su interpretación por el órgano de contratación

Las piscinas municipales se encuentran a disposición de todos los ciudadanos que pretendan realizar actividades acuáticas.

De forma individual podrá limitarse el acceso y el uso de las instalaciones en aquellos casos en los que se contravengan lo establecido por la normativa autonómica de aplicación. Asimismo, existirá un aforo limitado en función de las instalaciones tanto en el vaso como en el recinto

CLÁUSULA 22ª. Modificación del contrato

No procede

CLÁUSULA 23ª. Reglas especiales respecto al personal laboral de la empresa contratista

 Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en estos pliegos formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la entidad contratante del cumplimiento de aquellos requisitos

La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real efectivo y continuo sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato el poder de dirección inherente a todo empresario, en particular asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de seguridad social incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuántos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador

 La empresa contratista velará especialmente por qué los trabajadores adscritos a la ejecución de este contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en estos pliegos como objeto de contrato

CLÁUSULA 24ª. Prerrogativas de la Administracion

El órgano de contratación de conformidad con el artículo 190 de la LCSP ostenta las siguientes prerrogativas

a) Interpretar el contrato

b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento

c) Modificación del contrato por razones de interés público

d)Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de esto

CLÁUSULA 25ª. Penalidades por incumplimiento

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente pliego dará lugar a las siguientes penalidades, sin perjuicio de la obligación de restitución de las cosas a su estado inicial

AL PRIMER INCUMPLIMIENTO sin daño para las personas, los bienes o al medio ambiente se impondrá una penalidad de 100 € más indemnización por daños si los hubiese

AL SEGUNDO INCUMPLIMIENTO sin daño para las personas, los bienes o el medio ambiente, se impondrá una penalidad de 200 € más indemnización por daños si los hubiese

AL TERCER INCUMPLIMIENTO sin daño para las personas, los bienes o el medio ambiente, se impondrá una penalidad de 300 € más indemnización por daños si los hubiese. Si la gravedad de este incumplimiento hubiera ocasionado la suspensión del servicio por más de un día completo, el ayuntamiento podrá rescindir el contrato previa acreditación en expediente contradictorio de las causas y responsabilidad del contratista ,todo ello sin perjuicio de exigir las responsabilidades a que haya lugar en derecho

Si el incumplimiento de las obligaciones del contratista ocasionará daño a las personas el contratista asume de su cuenta y riesgo íntegramente la indemnización que corresponda

Cuando el contratista por causas imputables al mismo, hubiese incumplido la ejecución parcial de las prestaciones definidas en este contrato,  la administración podrá optar indistintamente por la resolución o por la imposición de las penalidades establecidas anteriormente

Las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese destinado, serán inmediatamente ejecutivas y se harán efectivas mediante aumento del canon a satisfacer por el adjudicatario o sobre la garantía que  se hubiese constituido

CLÁUSULA 26ª. Resolución del contrato

La resolución del contrato tendrá lugar en los supuestos que se señalan en este pliego y en los fijados en los artículos 211 y 294 de la LCSP 2017 y se acordara por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista

Cuando el contrato se resuelva por culpa del contratista se incautara la garantía definitiva sin perjuicio de la indemnización por los daños y perjuicios originados a la administración en lo que se da en el importe de la garantía

CLÁUSULA 27ª. Régimen Jurídico del contrato

Este contrato tiene carácter administrativo y su preparación, adjudicación, efectos y extinción se regirán por lo establecido en este pliego y para lo no previsto en el, será de aplicación la ley 9/2017 LCSP, supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y en su defecto las normas de derecho privado

El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 de la LCSP

CLÁUSULA 28ª. Documentos que integran el contrato

El orden de prioridad de los documentos que integran el contrato a los efectos del artículo 35.1 es de la LCSP-2017 será el siguiente

  • El presente pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas
  • La oferta del adjudicatario
  • El documento de formalización del contrato

Aprobadas por Resolución de Alcaldia 310/2021 de 26 de Mayo de 2021.

En Pioz, a 26 de Mayo de 2021. El Alcalde-Presidente. Don Juan Antonio Pendás Zacarías.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Concurso
  • Municipios: Pioz
Visto 232 veces

© Diputación Provincial de Guadalajara

Plaza de Moreno, 10 - 19001 Guadalajara - Tel.: 949 88 75 00