Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
6044
NIG: 19130 44 4 2011 0200758
N31050
N.º ejecución: Ejecución de Títulos Judiciales 0000318/2011
Ejecutante: Oscar Domínguez Fernández
Abogado: Juan Armando Monge Gómez
Ejecutada: Herramientas 2000 SL
Edicto
D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a del Juzgado de lo Social n.º 2.
HACE SABER:
Que en virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha, dictada en el Ejecución de Títulos Judiciales 318/2011 que se sigue ante este Juzgado de lo Social n.º 2, a instancia de Oscar Domínguez Fernández, contra Herramientas 2000 SL en reclamación de 39.163,83 euros de principal, más otros 7.832,76 euros fijados prudencialmente para intereses y costas de ejecución; por el presente se anuncia la venta en pública subasta, con antelación de veinte días cuando menos, de la finca de Azuqueca de Henares número 7247, inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 2 de Guadalajara, folio 49, Tomo 1.403.
La subasta se celebrará el próximo día 1/2/2013 a las 10:00 horas, en la Secretaría del Juzgado de lo Social n.º 2 sito en Avenida de Ejército 12, Edif. Servicios Múltiples planta primera, conforme a las siguientes condiciones:
BIEN SUBASTADO:
1.- Nave Industrial n.º 4-A de la parcela 3 del Polígono Industrial Miralcampo Arriba.
2.- La finca embargada ha sido valorada a efectos de subastas en 190.203,50 euros según informe elaborado por el equipo pericial del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de fecha 06/06/2012.
INFORMACIÓN SOBRE CARGAS OCUPANTES Y ESTADO ACTUAL DEL BIEN SUBASTADO
1.º.- La certificación registral y, en su caso, la titulación del inmueble o inmuebles que se subastan estará de manifiesto en la Oficina Judicial sede del órgano de ejecución.
2.º.- Se entenderá que todo licitador acepta como bastante que no se encuentren aportados los títulos de propiedad de la finca que es subastada.
3.º.- Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes entendiéndose por el solo hecho de participar en la subasta, que el licitador los admite y queda subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.
4.º.- Situación posesoria que consta en el expediente judicial: no consta.
5.º.- Estado actual del inmueble: no consta. Figurando fotografías del inmueble en el informe pericial incorporado a disposición de los interesado e información catastral.
PARTICIPACIÓN Y SISTEMA DE PUJAS
1.º.- Para tomar parte en la subasta los postores previamente a efectuar sus pujas, deberán presentar aval bancario o ingresar la cantidad de 38.040,70 euros correspondiente al 20% del valor de la finca a efectos de subasta en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano Judicial, abierta en la entidad Banesto, y con número de cuenta 2178 0000 64 0318 11, devolviéndose el aval o las cantidades inmediatamente a los participantes, salvo el que resulte el mejor postor o solicite la reserva de postura, para el caso de que el rematante no consignare el resto del precio, debiendo consignar asimismo en dicho resguardo si, en su caso, las cantidades ingresadas pertenecen en todo o en parte a un tercero, identificándole adecuadamente.
El aval bancario sólo será admitido si se presenta antes del inicio de la subasta.
2.º.- Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado presentado en la Oficina Judicial al que se deberá acompañar el resguardo de haber realizado la consignación a que se refiere la condición anterior, el cual será abierto al inicio de la subasta, surtiendo el mismos efectos que las que se realicen presencialmente.
3.º.- Solo el ejecutante, los responsables legales solidarios o subsidiarios podrá hacer posturas con la facultad de ceder el remate a un tercero, pudiendo tomar parte en la subasta sólo cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que éstos hicieren.
4.º.- Se aprobará el remate en favor del mejor postor cuando el ejecutante no hiciese uso de la facultad prevista en el art. 670.4 LEC, y siempre que la cantidad que haya ofrecido supere el 70% del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad por la que se haya despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas. Si la mejor postura no cumpliera estos requisitos, el Secretario Judicial responsable de la ejecución, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate a la vista de las circunstancias concurrentes en el procedimiento.
5.º.- El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este órgano judicial y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha de celebración de la subasta.
6.º.- Para el caso de que la notificación del señalamiento al ejecutado resultase infructuosa por encontrarse en ignorado paradero, sirva la presente de notificación edictal para el mismo.
Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Guadalajara a doce de diciembre de dos mil doce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.