Juzgado de lo Social número uno de A Coruña
5203
NIG: 15030 44 4 2010 0006118
074100
N.º autos: Procedimiento Ordinario 0001171/2010
Demandante/s: Esperanza Rivas Doben, María Luz Caamaño Caamaño
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: Servicur Limpiezas y Mantenimientos, S.L., Samyl, S.L., Limpergal, SL, Lisecom y Amansur, S.L., Eurodiba Inhouse, S.L, FOGASA FO.GA.SA, Concello de A Coruña
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María Blanco Aquino, Secretario del Juzgado de lo Social n.º 1 de A Coruña.
HAGO SABER: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de D./D.ª Esperanza Rivas Doben, María Luz Caamaño Caamaño contra Servicur Limpiezas y Mantenimientos, S.L., Samyl, S.L., Limpergal, SL, Lisecom y Amansur, S.L, Eurodiba Inhouse, S.L., FOGASA FO.GA.SA, Concello de A Coruña, en reclamación por ordinario, registrado con el n.º Procedimiento Ordinario 0001171/2010 se ha acordado citar a Eurodiba Inhouse, S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la sala de vistas de este Juzgado de lo Social n.º 1, situado en Monforte s/n - Edif. Juzgados el día 2 mayo de 2013 a las 10:20 horas para la celebración de los actos de conciliación y a las 10:30 horas en su caso Juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.
Y para que sirva de citación a Eurodiba Inhouse, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia Guadalajara y colocación en el tablón de anuncios.
En A Coruña a treinta de octubre de dos mil doce.– El/La Secretario Judicial, rubricado.