Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
6100
NIG: 19130 44 4 2011 0100565
N81291
N.º autos: procedimiento ordinario 0000761/2010-R
Demandante/s: Mhaned Aznag
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: UTE DGU, Tu Llave Global Services S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D. Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ordinario 761/2010 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. Mhamed Aznag contra la empresa UTE DGU y Tu Llave Global Services S.L., se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN SECRETARIA JUDICIAL
Sra. D.ª M.ª del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a diez de noviembre de dos mil once.
Transcurrido el plazo legalmente previsto sin que conste la interposición de recurso frente a la sentencia de fecha 16/6/2011, declaro firme la misma y acuerdo el archivo de estas actuaciones, una vez notificada la presente diligencia.
Notifíquese a las partes, y al demandado Tu Llave Global Services, S.L., en paradero desconocido, se le notifica mediante inserción de copia de la presente resolución en el tablón de anuncios de este Juzgado.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Tu Llave Global Services S.L. con último domicilio en nave 2, polígono Industrial Neinor Henares 28083 Meco (Madrid), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a siete de diciembre de dos mil doce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.