Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
6162
N.º autos: Ordinario 1270/2009-R
Demandante: Mustapha El Yousfi
Demandado: Enrique de la Rosa Heredia y Dña. Pilar Fernández Prieto y FOGASA
Edicto
D. Antonio de la Fuente Figuero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el Procedimiento Cantidad 1270/2009 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. Mustapha El Yousfi contra la empresa Enrique de la Rosa Heredia, Dña. Pilar Fernández Prieto y FOGASA, se ha dictado la siguiente Sentencia cuyo fallo dice:
1.º. Desestimo la excepción de falta de legitimación pasiva de don Enrique de la Rosa Heredia, y la de incompetencia del orden social, presentada de oficio. Estimo la excepción de prescripción alegada por el Fondo de Garantía Salarial.
2.º. Estimo, en parte, la demanda de D. Mustapha El Yousfi, en reclamación de cantidad, siendo demandados Don Enrique de la Rosa Heredia y Doña Pilar Fernández Prieto, y declaro que la parte demandante tiene derecho a la cantidad de 2.000 euros, por los conceptos de su demanda. Desestimo el resto de la demanda.
3.º. Condeno solidariamente a Don Enrique de la Rosa Heredia y a Doña Pilar Fernández Prieto a que abonen la referida cantidad a la parte demandante y a estar a cuantas consecuencias se derivan de la presente declaración.
4.º. Absuelvo al Fondo de Garantía Salarial de las responsabilidades derivadas de la demanda.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno, declarándose por tanto la misma firme.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Dña. Pilar Fernández Prieto en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a trece de diciembre de dos mil doce.– El/La Secretario/a Judicial.