Juzgado de Instrucción número tres de Guadalajara
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JUICIO DE FALTAS 0001055/2012
NIG: 19130 43 2 2012 009362
Delito/Falta: Falta de Coacciones
Denunciante/Querellante: Cristunean Simona XX
Procurador/a:
Abogado:
Contra: Ciana Jacela XX
Procurador/a:
Abogado:
Edicto
D. Miguel Marcos Ayjón, Secretario del Juzgado de Instrucción número 3 de Guadalajara
HAGO SABER:
Que en el Juicio de Faltas n.º 1055/2012, que se sigue a instancia de D. Cristunean Simona contra D. Jacek Ciacma, se ha dictado el auto de rectificación de sentencia de fecha 1 de octubre de 2012 que es como sigue:
AUTO
RECTIFICACIÓN
Sentencia N.º 382/12
En Guadalajara a uno de octubre de dos mil doce.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En el presente procedimiento se ha dictado sentencia n.º 382/12, la cual ha sido notificada a las partes, y que contiene/n el/los siguiente/s párrafo/s:
SEGUNDO.- Por la letrada dña. Mónica Taboadela Púa, se ha solicitado la rectificación de la resolución de fecha 28/06/12 en el sentido de hacer constar que donde aparece Ciana Jacela debe constar D. Jacek Ciacma.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- El artículo 161 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, después de proclamar el principio de que los Tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, admite, sin embargo, la posibilidad de aclarar o rectificar algún concepto oscuro, de oficio o a petición de parte, siempre que tenga lugar en el breve plazo que señala el citado precepto.
PARTE DISPOSITIVA
Se acuerda la rectificación de la resolución de fecha 28 de junio de 2012 en el sentido siguiente: en toda la resolución donde consta Ciana Jacela, debe constar Jacek Ciacma.
Contra el presente auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que proceden contra, en su caso, la resolución originaria que ya quedaron indicados al ser notificados.
Los plazos para los recursos que procedan contra la resolución de que se trate se interrumpen desde que se solicitó su aclaración, rectificación, subsanación o complemento, en su caso, y, en todo, caso comienzan a computarse desde el día siguiente a la notificación de la presente.
Así lo manda y firma D./D.ª Jesús Manuel Villegas Fernández, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción n.º 3 de Guadalajara. Doy fe.
El/La Magistrado-Juez. El/La Secretario/a Judicial
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Cristunean Simona, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Guadalajara, expido la presente en Guadalajara, a diecinueve de diciembre de dos mil doce.
El/La Secretario, rubricado.