Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
1749
NIG: 19130 44 4 2012 0222027
N81291
N.º autos: Procedimiento Ordinario 556/2012-L
Demandante/s: Adriana Nicoleta Cincan
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: Fogasa, Milenio Agualcan, S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el Procedimiento Ordinario 556/2012-L de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D.ª Adriana Nicoleta Cincan contra la empresa Milenio Agualcan, S.L., y Fogasa, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la Sentencia n.º 120/2013 de fecha 22/03/2013, cuyo Fallo es como sigue:
“FALLO
Que estimo la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por Adriana Nicoleta Cincan contra Milenio Agualcan, S.L. y condeno a la citada empresa a que abone al actor la cantidad bruta de 2.111,77 € de principal y 211,17 € como interés de demora.
Que condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por el anterior pronunciamiento.
La presente sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.
Ilmo. Sr. José Rafael García de la Calle, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara”.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación a la empresa demandada, Milenio Agualcan, S.L., de quien se desconoce su paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Guadalajara a veinticinco de marzo de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.