Juzgado de lo Social número cinco de Madrid
763
NIG: 28.079.44.4-2012/0029805
Procedimiento: Despidos/Ceses en general 683/2012
Materia: Despido
Demandante: D./D.ª Eloy del Álamo Gutiérrez y otros 3
Demandado: Ferrallas Nezco SL, Fondo de Garantía Salarial y Pain Ferrallas Centro SL
Edicto
CÉDULA DE Notificación
D./D.ª Paloma Zotes Alijas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social n.º 5, de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 683/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Eloy del Álamo Gutiérrez, D./D.ª Manuel Blázquez Díaz, D./D.ª Rubén del Álamo Gutiérrez y D./D.ª Rubén Hernández Villasevilla frente a Ferrallas Nezco SL, Fondo de Garantía Salarial y Pain Ferrallas Centro SL sobre Despidos/Ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Y para que sirva de notificación en legal forma a Pain Ferrallas Centro SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid a once de febrero de dos mil trece.– El/La Secretario Judicial, rubricado.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
El/La Secretario Judicial, D./Dña. Paloma Zotes Alijas.
En Madrid a once de febrero de dos mil trece.
Por necesidades del servicio se deja sin efecto el señalamiento acordado para el día 20 febrero a las 8:55 horas.
Se señala nuevamente para dicho acto el día 5 de marzo a las 8:55 horas.
Cítese a las partes y demás personas convocadas en la forma legal, reiterando las advertencias efectuadas para el anterior señalamiento.
Notifíquese esta resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art. 186.1 LJS).
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/La Secretario/a Judicial.