Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
3196
NIG: 19130 44 4 2013 0100950
N28150
N.º autos: Procedimiento Ordinario 0000803/2012
Demandante/s: Sherezade Marchena Jurado
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado/s: Claudio Alejandro Lencina
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Procedimiento Ordinario 0000803/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Sherezade Marchena Jurado contra la empresa Claudio Alejandro Lencina, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
CUYA COPIA SE ADJUNTA AL PRESENTE.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Claudio Alejandro Lencina, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando so trate de emplazamiento.
En Guadalajara a cuatro de junio de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
“DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Secretario/a Judicial Sr./Sra. D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a cuatro de junio de dos mil trece.
No encontrándose citada en legal forma la empresa demandada, se suspende el juicio señalado para el día de hoy y se fija en nueva convocatoria para la audiencia del día tres de diciembre de 2013 a las 9:45 horas la conciliación y a las 10:00 horas el juicio.
Cítese a la empresa por medio de exhorto dirigido a la Agrupación de Paz de Azuqueca de Henares, y por medio de edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se emplace al Fondo de Garantía Salarial, para la audiencia arriba indicada, dándole traslado de copia de demanda.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.”
El/La Secretario/a Judicial.