Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
1432
NIG: 19130 44 4 2012 0200803
N81291
Procedimiento ordinario 1247/2012-L
Procedimiento origen:
Sobre ordinario
Demandante: D./D.ª Ana Belén Corchete Esperón
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado: D./D.ª Reservar y Viajar, S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ordinario 1247/2012-L de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª Ana Belén Corchete Esperón contra Reservar y Viajar, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la Sentencia n.º 328/2013 de fecha 08/10/2013, cuyo fallo es como sigue:
“FALLO
Que estimo la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por Ana Belén Corchete Esperón contra RESERVAR Y VIAJAR, S.L. y condeno a la citada empresa a que abone al actor la cuantía neta de 1.996,10 € de principal y 199,61 € de interés de demora.
La presente sentencia es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo.
Ilmo. Sr. José Rafael García de la Calle, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara”.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Reservar y Viajar, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Guadalajara a veinticuatro de marzo de dos mil catorce.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.