AYUNTAMIENTO DE PASTRANA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, tan solo una corrección en cuanto a la fecha de aprobación de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana que al no mostrar ninguna duda de la errata queda modificada en el texto, por lo que queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA PARA LOS AÑOS 2023, 2024 Y 2025, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
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ÍNDICE DE DOCUMENTOS
PREÁMBULO Y MARCO NORMATIVO- DISPOSICIONES GENERALES
VIGENCIA
NATURALEZA JURÍDICA
PRINCIPIOS GENERALES - OBJETIVOS Y LÍNEAS DE SUBVENCIÓN
OBJETIVOS GENERALES Y ESTRATÉGICOS
LÍNEAS DE SUBVENCIÓN Y OBJETIVOS ESPECÍFICOS - BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
BENEFICIARIOS
PROCEDIMIENTO
PLAZOS DE EJECUCIÓN - COSTES Y FINANCIACIÓN
COSTES PREVISIBLES
FINANCIACIÓN - SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y TRANSPARENCIA
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
TRANPARENCIA - PLAN DE ACTUACIÓN
ANEXO I. RESUMEN DE ACTUACIONES
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA
PREÁMBULO
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la transparencia que, junto con la gran variedad de instrumentos que se articulan en la Ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.
Para mejorar la eficacia, se prevé en la Legislación que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones, instrumento de organización de las políticas públicas que tiene como finalidad el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública, de carácter plurianual, con el fin de adecuar las necesidades a cubrir mediante las subvenciones con los recursos disponibles.
Además, la ley plantea un sistema de seguimiento a través del control y evaluación de objetivos, que debe permitir que aquellas líneas de subvenciones que no alcancen el nivel de consecución de objetivos deseado o que resulte adecuado al nivel de recursos invertidos, puedan ser modificadas o sustituidas por otras más eficaces y eficientes, o, en su caso, eliminadas.
El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana se configura como un instrumento de planificación de la actividad subvencional municipal para el período 2022-2024 siendo el complemento necesario para articular la concesión de subvenciones, con respeto a los principios de transparencia y equilibrio presupuestario.
Marco normativo
El marco normativo de los Planes Estratégicos de Subvenciones viene regulado en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones donde se determina que las Administración públicas que propongan el establecimiento de subvenciones deberán concretar en un plan estratégico los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.
Asimismo hay que tener en cuenta el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones, Sección 1ª dedicada a los Planes Estratégicos de subvenciones, en cuyos artículos 10 a 15, se disponen los principios directores, ámbito, contenido, competencia para su aprobación, seguimiento y efectos de su incumplimiento.
También será de aplicación la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara núm. 115 de 26 de septiembre de 2005, la cual también puede ser consultada en el Portal de Transparencia.
I. DISPOSICIONES GENERALES
I.1. VIGENCIA
Las distintas líneas de subvención, como norma general, tendrán carácter anual y una imputación presupuestaria anual, sin perjuicio de aquellas que se estimen de especial interés que tengan una periodicidad diferente.
Este Plan Estratégico de Subvenciones podrá modificarse motivadamente en todos sus términos en cualquier momento teniendo en cuenta todas las tramitaciones que resulten preceptivas.
I.2. NATURALEZA JURÍDICA
El Plan Estratégico de Subvenciones es un instrumento de gestión de carácter programático que carece de rango normativo, que no supone una incidencia directa en la esfera de los particulares, ni su aprobación genera derechos ni obligaciones para la administración.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno en favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
Su efectividad queda condicionada a la aprobación de las correspondientes bases y convocatorias de las diferentes líneas de subvención, así como de las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio.
Por tanto, el establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos municipales y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión o el documento procedente.
I.3. PRINCIPIOS GENERALES
La gestión de las subvenciones a las que se refiere este Plan se realizará de acuerdo con los siguientes principios:
- Publicidad y transparencia, que garantiza la igualdad en el acceso y el público conocimiento de los recursos y de los resultados de su rendimiento.
- Libre concurrencia, como norma general y sin perjuicio de las subvenciones directas como excepción.
- Objetividad en la asignación de fondos públicos. La concesión de subvenciones se realizará conforme a criterios objetivos previamente establecidos en las convocatorias a fin de que sean conocidos por los potenciales beneficiarios.
- Igualdad y no discriminación entre ciudadanos.
- Eficacia en el cumplimiento de los objetivos con el establecimiento de un procedimiento de seguimiento y control de las subvenciones concedidas.
- Eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, con la valoración de las subvenciones y la asignación a los proyectos más eficientes.
II. OBJETIVOS Y LÍNEAS DE SUBVENCIÓN
II.1. OBJETIVOS GENERALES Y ESTRATÉGICOS
Estos objetivos describen el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del Plan y han de estar vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios.
El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana cuenta con los siguientes Objetivos Generales:
- Establecer para las diversas líneas de subvención del Ayuntamiento un conjunto de principios y bases de ejecución comunes a las mismas.
- Fomentar actividades de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
- Apoyar el asociacionismo local y potenciar la participación de la ciudadanía en el desarrollo del municipio.
II.2. LÍNEAS DE SUBVENCIÓN y OBJETIVOS ESPECÍFICOS
El Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana marca las siguientes líneas de subvención y Objetivos Estratégicos Específicos:
ACTUACIONES FINANCIADAS CON FONDOS PROPIOS
LÍNEA DE SUBVENCIÓN |
MODALIDAD (Mecanismo puesta en marcha) |
DENOMINACIÓN CONVOCATORIA |
SECTORES A LOS QUE SE DIRIGEN LAS AYUDAS |
EDUCACIÓN |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS DEL IES DE PASTRANA |
ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS |
EDUCACIÓN |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO DE PASTRANA |
ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS |
EDUCACIÓN |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIÓN LIBROS DE TEXTO ESCOLAR. |
PADRES DE ALUMNOS DE PASTRANA |
DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES FESTIVAS POPULARES |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIÓN PARA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PASTRANA |
ASOCIACIONES DE PASTRANA |
BIENESTAR SOCIAL |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIÓN PARA RESIDENCIA DE MAYORES PRINCIPE DE ÉBOLI |
MAYORES |
EDUCACIÓN |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIÓN ASOCIACIÓN MUSICAL BANDA DE MÚSICA |
ASOCIACIONES DE PASTRANA |
DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES FESTIVAS POPULARES |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIONES PARA LAS PEÑAS DEL MUNICIPIO DE PASTRANA CON MOTIVO DE LA PARTICIPACIÓN Y FOMENTO DE LAS FIESTAS |
ASOCIACIONES DE PASTRANA |
DEPORTES |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIONES A ENTIDADES DEPORTIVAS Y CLUBES |
ENTIDADES DEPORTIVAS Y CLUBES DE PASTRANA |
ACTUACIONES FINANCIADAS CON CARGO AL CONVENIO ENTRE NATURGY GENERACIÓN S.L.U. Y EL AYUNTAMIENTO DE PASTRANA
LÍNEA DE SUBVENCIÓN |
MODALIDAD (Mecanismo puesta en marcha) |
DENOMINACIÓN CONVOCATORIA |
SECTORES A LOS QUE SE DIRIGEN LAS AYUDAS |
DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES FESTIVAS POPULARES |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIONES PARA ASOCIACIÓN DAMAS Y CABALLEROS |
ASOCIACIONES DE PASTRANA |
EDUCACIÓN |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS DEL IES DE PASTRANA |
ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS |
EDUCACIÓN |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIONES PARA ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO DE PASTRANA |
ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS |
DINAMIZACIÓN DE ACTIVIDADES FESTIVAS POPULARES |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIÓN PARA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PASTRANA |
ASOCIACIONES DE PASTRANA |
ENTIDADES RELIGIOSAS |
DIRECTA. TRANSFERENCIA |
SUBVENCIÓN PARA HERMANAS CONCEPCIONISTAS |
APOYO A ENTIDADES RELIGIOSAS DE PASTRANA |
III. BENEFICIARIOS Y PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES
III.1. BENEFICIARIOS
Tendrán la consideración de beneficiarios de las subvenciones públicas municipales las personas físicas o jurídicas que hayan de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión en los términos del artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y cumplan los requisitos señalados en el artículo 13 de dicha Ley y otros que recojan las bases reguladoras.
III.2. PROCEDIMIENTO
El Ayuntamiento de Pastrana concederá subvenciones, en los términos de la normativa vigente en materia de subvenciones, mediante convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, o excepcionalmente, a través de concesión directa, a favor de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, comunidad de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo los proyectos o actividades o comportamiento que se encuentren en la situación que motiva la subvención.
Para que una actividad pueda ser objeto de subvención o ayuda con cargo a los Presupuestos Generales del Ayuntamiento, deberá perseguir alguno de los siguientes fines:
- Complementar, colaborar, servir, propiciar o suplir fines de competencia municipal.
- Fomentar una actividad de interés social.
- Fomentar asociaciones cuyo objeto sea la defensa de los intereses generales o sectoriales de los/as vecinos/as.
- Coadyuvar a la integración social, mediante ayudas económicas, a aquellos/as ciudadanos/as que se encuentren en determinadas situaciones de vulnerabilidad social en defensa del principio de igualdad de oportunidades.
A los efectos de su concesión se establecen los siguientes tipos de procedimientos en la concesión de subvenciones:
- Subvenciones concedidas en régimen de concurrencia competitiva que deberán incorporar el baremo con los criterios para la concesión así como la ponderación de los mismos.
- Subvenciones nominativas previstas en el presupuesto.
- Subvenciones concedidas de forma directa por razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
- Subvenciones cuyo otorgamiento o cuantía sean impuestas al Ayuntamiento de Pastrana por una norma de rango legal. En estos casos se atenderá al procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa.
Con carácter general, las subvenciones se concederán en régimen de concurrencia competitiva. Además de eso, podrán concederse mediante ayuda directa aquellas subvenciones que figuren como nominativas en los presupuestos municipales y para aquellos supuestos en los que, de acuerdo con la naturaleza de la subvención, la urgencia o el interés público de la misma se requiera un tipo de procedimiento de concesión distinto, de conformidad con la legislación vigente y previa justificación correspondiente.
En las correspondientes bases de subvención deberá recogerse el procedimiento adecuado a cada una de las líneas de subvención que se regulen.
III.3. PLAZOS DE EJECUCIÓN
Con carácter general, las subvenciones municipales tendrán un plazo de ejecución (de desarrollo de las actuaciones subvencionadas) anual, siendo el periodo elegible a efectos de justificación el año natural.
En aquellos supuestos en los que las circunstancias hagan conveniente la fijación de un plazo de ejecución superior al anual, o la modificación del periodo elegible, se deberán recoger en las correspondientes bases de las subvenciones, en cuyo caso, deberán seguir cumplimentando anualmente los requisitos que establece la legislación vigente.
IV. COSTES Y FINANCIACIÓN
IV.1. COSTES PREVISIBLES
El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este Plan Estratégico requerirá la inclusión de los créditos correspondientes en el presupuesto municipal de cada año y la aprobación, en su caso, de las bases que rijan la convocatoria de subvenciones en caso de concurrencia competitiva, o, en casos específicos, de las ordenanzas que contengan las bases reguladoras de su concesión, o el acuerdo que apruebe la concesión directa.
Toda concesión de subvención queda supeditada al cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria, sostenibilidad financiera y de la regla de gasto. Los costes en cada caso se limitan a la cantidad que anualmente se fije en el presupuesto general del Ayuntamiento.
Las líneas de actuación son susceptibles de incrementarse con aportaciones suplementarias de fondos de otras administraciones o a través de las modificaciones presupuestarias, siempre y cuando se haya previsto en la convocatoria en los términos previstos en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las subvenciones que se reflejan en el presente Plan se financian con fondos propios. Salvo las que vienen subvencionadas a través del Convenio entre Naturgy Generación S.L.U. y el Ayuntamiento de Pastrana y así se hace constar en el presente Plan Estratégico.
IV.2. FINANCIACIÓN
Las Subvenciones a que hace referencia este Plan Estratégico se financian con cargo a los créditos correspondientes del presupuesto municipal, consignado en las aplicaciones presupuestarias que se especifican en el mismo.
Con carácter previo a la convocatoria de la subvención o a la concesión directa deberá efectuarse la autorización del gasto correspondiente. No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine presupuestariamente.
En todo caso, los créditos tienen carácter limitativo y vinculante, por lo que no podrán adquirirse compromisos de gasto superiores a su importe.
V. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y TRANSPARENCIA
V.1. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
El control y seguimiento del presente Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Pastrana se realizará de forma anual, en dos aspectos:
Control económico -financiero de las subvenciones concedidas, que está encomendado al Alcalde del Ayuntamiento de Pastrana, que se realizará en las condiciones recogidas en la legislación vigente y con los procedimientos que por parte de la Junta Local se determinen.
Control y seguimiento del Plan. Este Plan Estratégico debe ser revisado al objeto de:
- Modificar o actualizar las líneas de subvención que pudieran haber perdido su vigencia, o que no sean eficaces para el cumplimiento de los objetivos.
- Actualizar los importes de aquellas que se mantengan.
- Incluir nuevas líneas de actuación que se consideren necesarias para la consecución de los objetivos previamente establecidos.
Este seguimiento se realizará anualmente por el servicio municipal al que se encomiende el seguimiento del Plan, para lo cual por parte de cada uno de los Departamentos se procederá a remitir memoria justificativa con las siguientes especificaciones:
- Información de cada línea y tipo de subvención, que recogerán las subvenciones concedidas, justificadas, las renunciadas y las reintegradas (o en procedimiento de reintegro).
- El grado de cumplimiento de sus objetivos específicos, de su plazo de consecución. A tales efectos, para cada línea de subvención se deberán determinar los indicadores de cumplimiento de sus objetivos.
- Los costes efectivos en relación a los previsibles. Repercusiones presupuestarias y financieras que se derivan de la aplicación del Plan.
- Conclusiones o valoración global.
- Sugerencias para la elaboración del siguiente Plan Estratégico de Subvenciones.
V.2. TRANSPARENCIA
En aras a dar cumplimiento al principio de transparencia todas las subvenciones concedidas por el Ayuntamiento, en cada una de sus líneas estratégicas, programas de ayuda y convocatorias serán publicadas anualmente en el Portal de Transparencia municipal, así como en la Base Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, con indicación de la entidad receptora, cuantía de la misma y proyecto o acción a la que va destinada.
VI. PLAN DE ACTUACIÓN
Línea de subvención |
Educación |
Denominación de la convocatoria |
ACTIVIDADES EDUCATIVAS EXTRAESCOLARES |
Área |
EDUCACIÓN |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Asociación de Padres y Madres de Alumnos del I.E.S. “Leandro Fernández de Moratín” |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Realizar actividades educativas y de convivencia fuera del horario lectivo. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
840 € Fondos propios |
Aplicación presupuestaria |
|
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Transferencia directa. |
Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
|
Fecha preferente: 3er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento. |
Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes. |
Línea de subvención |
Educación |
Denominación de la convocatoria |
ACTIVIDADES EDUCATIVAS EXTRAESCOLARES |
Área |
EDUCACIÓN |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Asociación de Padres y Madres de Alumnos del Colegio Público “Duques de Pastrana” |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Realizar actividades educativas y de convivencia fuera del horario lectivo. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
750 € Fondos propios |
Aplicación presupuestaria |
|
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Trasferencia directa. |
Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
|
Fecha preferente: 3er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento.
|
Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.
|
Línea de subvención |
Educación/Bienestar social. |
Denominación de la convocatoria |
AYUDA MATERIAL ESCOLAR |
Área |
EDUCACION |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Alumnos empadronados en Pastrana del I.E.S. “Leandro Fernández de Moratín” y del Colegio Público “Duques de Pastrana” |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Ayudar a las familias en la adquisición de libros de texto y material escolar. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
6.000 €
Fondos propios |
Aplicación presupuestaria |
334 485 |
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Trasferencia directa |
Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
|
Fecha preferente: 3er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento.
|
Sistema de seguimiento: Control por el propio Ayuntamiento.
|
Línea de subvención |
Dinamización de actividades festivas populares |
Denominación de la convocatoria |
Subvenciones para las peñas del municipio de Pastrana con motivo de la participación y fomento de las Fiestas en Desfile de disfraces y carrozas. |
Área |
CULTURA / FESTEJOS |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Asociaciones de Pastrana |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Dinamización de las fiestas de Pastrana mediante la participación y realización de actividades por parte de las entidades subvencionadas. Desfile de disfraces y carrozas. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
6.000,00 €
Fondos propios |
Aplicación presupuestaria |
338 48908 |
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Trasferencia directa |
Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
|
Fecha preferente: 3er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento.
|
Sistema de seguimiento: Control por el propio Ayuntamiento. |
Línea de subvención |
Deportes |
Denominación de la convocatoria |
Subvenciones a entidades deportivas y clubes |
Área |
DEPORTES |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Entidades deportivas y clubes |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Impulsar el desarrollo de los diferentes proyectos deportivos de los clubes y entidades, fomentando el deporte, la actividad física y el asociacionismo deportivo local |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
7500 €
Fondos propios |
Aplicación presupuestaria |
341 48909 |
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Trasferencia directa. |
Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
|
Fecha preferente: 3er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento. . |
Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.
|
Línea de subvención |
Actividades festivas-culturales |
Denominación |
SUBVENCIÓN PARA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PASTRANA |
Área |
CULTURA |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Asociaciones culturales de Pastrana. |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Impulsar actividades culturales, festivas y tradicionales durante el año, especialmente aquellas fiestas populares y eventos de interés provincial o regional. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
9000 €
Fondos propios |
Aplicación presupuestaria |
920 45000 |
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Transferencia |
Convenio |
|
Fecha preferente: 3er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento.
|
Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.
|
Línea de subvención |
Residentes Residencia Príncipe de Éboli |
Denominación |
SUBVENCIÓN A RESIDENTES DE LA RESIDENCIA PRÍNCESA DE ÉBOLI |
Área |
Bienestar Social |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Personas residentes en la Residencia de Mayores Príncipe de Éboli. Empadronados en Pastrana. |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Ayudar a los usuarios de la residencia de mayores. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
6000 €
Fondos propios |
Aplicación presupuestaria |
920 48901 |
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha.
. |
50 €/Mensual |
Evaluación: -Sistema de seguimiento.
|
Sistema de seguimiento: Control por el propio Ayuntamiento.
|
Línea de subvención |
EDUCACIÓN |
Denominación |
SUBVENCIÓN A LA ASOCIACIÓN BANDA DE MÚSICA |
Área |
Cultura |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Asociación banda de música de Pastrana. |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Promover y difundir el patrimonio musical, tanto tradicional como clásico, así como conservar la tradición en sus actuaciones vinculadas a fiestas populares y eventos, algunos de ellos, de interés provincial o regional. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
9700 €
Fondos propios |
Aplicación presupuestaria |
23102 48901 |
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Calendario. |
Transferencia directa |
Durante el año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento.
|
Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.
|
Línea de subvención |
Actividades culturales, sociales y de ocio |
Denominación de la convocatoria |
Subvención para la dinamización y promoción de festivales populares |
Área |
Cultura, turismo |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Asociación Damas y Caballeros de Pastrana |
Objetivos Estratégico Específico y efectos que se pretende con su aplicación. |
Impulsar actividades para el desarrollo y celebración de fiestas populares y eventos, algunos de ellos, de interés provincial o regional. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
300 €
Convenio Naturgy Generación, S.L.U. |
Aplicación presupuestaria |
23102 48902 |
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Transferencia directa. |
Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
|
Fecha preferente: 3º semestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento.
|
Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.
|
Línea de subvención |
Educación |
Denominación de la convocatoria |
ACTIVIDADES EDUCATIVAS EXTRAESCOLARES |
Área |
EDUCACIÓN |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Asociación de Padres y Madres de Alumnos del I.E.S. “Leandro Fernández de Moratín” |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Realizar actividades educativas y de convivencia fuera del horario lectivo. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
300 € Convenio Naturgy Generación, S.L.U |
Aplicación presupuestaria |
|
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Transferencia directa. |
Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
|
Fecha preferente: 3er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento.
|
Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.
|
Línea de subvención |
Educación |
Denominación de la convocatoria |
ACTIVIDADES EDUCATIVAS EXTRAESCOLARES |
Área |
EDUCACIÓN |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Asociación de Padres y Madres de Alumnos del Colegio Público “Duques de Pastrana” |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Realizar actividades educativas y de convivencia fuera del horario lectivo. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
300 € Convenio Naturgy Generación, S.L.U |
Aplicación presupuestaria |
|
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Trasferencia directa. |
Artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. |
|
Fecha preferente: 3er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento.
|
Sistema de seguimiento: Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.
|
Línea de subvención |
Actividades festivas-culturales |
Denominación |
SUBVENCIÓN PARA FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE PASTRANA |
Área |
CULTURA |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Asociaciones culturales de Pastrana. |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Impulsar actividades culturales, festivas y tradicionales durante el año, especialmente aquellas fiestas populares y eventos de interés provincial o regional. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
4900 €
Convenio Naturgy Generación, S.L.U |
Aplicación presupuestaria |
920 45000 |
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Transferencia |
Convenio |
|
Fecha preferente: 3er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento. -Indicadores. |
Memoria explicativa de acciones y objetivos alcanzados, y memoria económica de costes.
|
Línea de subvención |
CULTURA-TURISMO |
Denominación |
SUBVENCIÓN A LAS HERMANAS CONCEPCIONISTAS DEL CONVENTO DE SAN JOSÉ |
Área |
CULTURA-TURISMO |
Sectores a los que se dirigen las ayudas |
Entidades religiosas de Pastrana. |
Objetivos y efectos que se pretende con su aplicación. |
Impulsar el mantenimiento de uno de los edificios más destacados del municipio fomentando las visitas turísticas en su iglesia. |
Plazo |
Anual |
Costes y financiación |
300 €
Convenio Naturgy Generación, S.L.U |
Aplicación presupuestaria |
920 45000 |
Plan de acción: - Mecanismo para la puesta en marcha. -Líneas básicas de las bases reguladoras (art 9 de LGS). -Calendario. |
Transferencia |
Convenio |
|
Fecha preferente: 1er trimestre del año |
|
Evaluación: -Sistema de seguimiento. . |
Sistema de seguimiento: Control por el propio Ayuntamiento.
|
Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Pastrana, a 5 de diciembre de 2022, El Alcalde Luis Fernando Abril Urmente.-