AYUNTAMIENTO DE AUÑÓN
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Una vez recabado informe favorable de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, el Pleno de la Corporación Municipal, en sesión plenaria ordinaria celebrada con fecha 2 de agosto de 2022 ha aprobado definitivamente el procedimiento de de Desclasificación a suelo rústico de los Polígonos 3 y 5 de Suelo Urbanizable Programado de las NNSS del Planeamiento Municipal de Auñón (Expdte. 54/2021), tramitado de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Quinta del Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo; según modificación dada por la Ley 5/2020, de 24 de julio, de Medidas Urgentes para la Declaración de Proyectos Prioritarios en Castilla-La Mancha.
Las parcelas afectadas por la desclasificación son las integradas en dichos Polígonos, en un total de 227, y se corresponden con las que tienen asignadas las siguientes referencias catastrales, o se encuentran dentro de los siguientes tramos de referencia por orden de numeración, inclusive las indicadas: 19052A00500135 (1 parcela), 7700901WK1870S a 7700936WK1870S (36), 7897601WK1779N a 7897625WK1779N (25), 7904301WK1870S a 7904338WK1870S (34), 8096301WK1789N a 8096313WK1789N (12), 8200401WK1880S a 8200426WK1880S (26), 8204601WK1880S a 8204648WK1880S (48), 8402701WK1880S a 8402705WK1880S (4), 8406401WK1880N (1), 8501301WK1880S a 8501307WK1880S (7), 8804402WK1880S a 8804450WK1880S (33 parcelas).
En consecuencia y en lo sucesivo, toda referencia hecha en las vigentes Normas Subsidiarias Municipales, a los Polígonos 3 y 5 del Suelo Urbanizable Programado, debe entenderse derogada en virtud de su desclasificación a suelo rústico, pasando a ser de aplicación a estos ámbitos el régimen correspondiente a este tipo de suelo.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados en el procedimiento podrán interponer alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este Anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamiento de AUÑÓN, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en GUADALAJARA, en el plazo de dos meses, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Auñón, 17 de Agosto de 2022. El Alcalde-Presidente, Fdo.: Sergio García Rodríguez