AYUNTAMIENTO DE HERAS DE AYUSO
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Habiéndose aprobado mediante Resolución de Alcaldía de fecha 21/03/2022 el Plan de Despliegue de una Red Pública de Comunicaciones Electrónicas basada en Fibra Óptica hasta el Hogar (FTTH) para este municipio de Heras de Ayuso presentado por ANTENAS Y SISTEMAS DE COMUNICACIONES, S.L. se publica para su general conocimiento:
“A la vista de los antecedentes y examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) y s) de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar el Plan de Despliegue de una Red Pública de Comunicaciones Electrónicas basada en Fibra Óptica hasta el Hogar (FTTH) para este municipio presentado por:
Nombre y Apellidos/Razón Social |
NIF/CIF |
ANTENAS Y SISTEMAS DE COMUNICACIONES, S.L. |
B-93299709 |
Condicionado a que se cumplan los requisitos indicados en el Informe Técnico de fecha 09/02/2022 y sin perjuicio de cualquier otra autorización exigible, en su caso por la legislación sectorial o por las Administraciones Públicas cuyas competencias pudieran resultar afectadas y que para la autorización de nuevos trazados por fachadas de edificios, entendiéndose estas como zonas de dominio privado, deberá presentar Declaración Responsable.
SEGUNDO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su general conocimiento.
TERCERO. Notificar la presente Resolución a los interesados, con indicación de los recursos pertinentes.”
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde del Ayuntamiento de Heras de Ayuso, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación anteriormente referida, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponerse el recurso de reposición potestativo no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Heras de Ayuso, a 21 de marzo de 2022. El Alcalde-Presidente, Fdo.: Álvaro Díaz Molina