AYUNTAMIENTO DE CASPUEÑAS
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Aprobado definitivamente el expediente de Transferencia de créditos Entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Aplicación | Descripción | Créditos | Modificaciones | Créditos | |
iniciales | de crédito | finales | |||
Progr. | Económica | ||||
337 | 619 | Otras inversiones reposición infraestructuras y bienes uso general | 20000 | 4200 | 24200 |
338 | 22609 | Actividades culturales y deportivas | 10000 | -4200 | 5800 |
TOTAL | 30000 | 0 | 30000 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Caspueñas, a 31 de noviembre de 2021. El Alcalde-Presidente, D. José Antonio Alonso Rodríguez