AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Brihuega (Guadalajara) de diecisiete de septiembre de 2021 de modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO INSTALACIONES, CONSTRUCCIONES Y OBRAS, cuyo texto íntegro se transcribe en documento Anexo y se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
ANEXO
Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre Instalaciones, Construcciones y Obras:
““Artículo 3º Base imponible, cuota y devengo.
3. El tipo de gravamen será el 4 %.”
Brihuega, a 18 de noviembre de 2021. El Alcalde–Presidente, Luis Manuel Viejo Esteban