CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO
3488
Resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Tajo sobre aprobación del Canon de Regulación del Sorbe. Año 2022.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y una vez finalizado el periodo de información pública y no haberse presentado ninguna reclamación al respecto, esta Presidencia ha resuelto aprobar los siguientes valores:
· Usuarios de abastecimiento y otros usos de la cuenca del Tajo....0,012301 €/m3
· Usuarios de riego de la cuenca del Tajo............................................. 25,44 €/ha
· Usuarios hidroeléctricos de la cuenca del Tajo............................ 0,000610 €/kwh
· Usuarios no consuntivos de la cuenca del Tajo............................ 0,000819 €/m3
Conforme a lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, la presente resolución tiene carácter económicoadministrativo, por lo que podrá interponerse contra la misma recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa para su remisión, esta última ante el Tribunal EconómicoAdministrativo Regional, sin que sea posible simultanear estas dos vías de impugnación. Ambos recurso deberán dirigirse a la Confederación Hidrográfica del Tajo y presentarse dentro del mes siguiente a la publicación de la presente Resolución.
A propuesta del DIRECTOR TÉCNICO
Madrid, 20 de octubre de 2021, El Presidente, Antonio Yáñez Cidad