AYUNTAMIENTO DE ARANZUEQUE
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Aprobado definitivamente la modificación de presupuesto nº 5/2021, crédito extraordinario financiado mediante bajas de créditos de otras aplicaciones, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Alta Estado de Gastos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE/€ |
VI |
Inversiones reales |
6.000,00 |
|
TOTAL |
6.000,00 |
Esta modificación se financia con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Bajas Estado de Gastos
CAPÍTULO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE/€ |
II |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
6.000,00 |
|
TOTAL |
6.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Aranzueque, a 2 de noviembre de 2021. Alcaldesa-Presidente. Raquel Flores Sánchez