AYUNTAMIENTO DE ALOVERA
2096
Texto ES: BDNS(Identif.): 572873
Extracto de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Alovera, por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones destinadas a clubes y entidades deportivas del municipio de Alovera 2021.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo pue de consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).
Primero.- Objeto
1. El objeto de estas subvenciones es impulsar el desarrollo de los diferentes proyectos deportivos de los clubes y entidades con sede en Alovera, fomentando el deporte, la actividad física y el asociacionismo deportivo local.
Las presentes subvenciones tienen como finalidad colaborar con los clubes deportivos, en el desarrollo de sus actividades deportivas, la participación en competiciones deportivas de carácter federado, así como la práctica de las diferentes disciplinas deportivas.
2. Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para la misma. Serán subvencionables los gastos de gestión, desarrollo y participación en las actividades deportivas que participen y organicen entidades deportivas del municipio, que se deriven de las competiciones oficiales y organización de eventos. En concreto son subvencionables los siguientes conceptos:
- Gastos federativos de licencias e inscripción de equipos.
- Gastos de arbitraje, jueces y cronometradores.
- Gastos de desplazamientos para competiciones fuera del municipio.
- Material y equipamiento deportivo de competición y entrenamiento para el equipo.
- Gastos de entrenadores y personal técnico (monitores y fisioterapeuta)
- Gastos de formación de personal voluntario o contratado por la entidad, en cursos relacionados con la actividad física.
- Contratación de personal técnico deportivo (entrenadores, delegados, fisioterapeutas, médicos, coordinadores de cantera o asimilados a estas categorías, excluyéndose el personal administrativo).
- Derechos de participación en competiciones.
- Cuotas de mutualidades deportivas.
- Cuotas de afiliación a seguros deportivos.
- Seguros de responsabilidad civil del club y entrenadores.
- Gastos de lavandería derivados de las competiciones oficiales y eventos deportivos que se organicen o participen.
- Material de botiquín (no medicamentos).
- Gastos de avituallamiento a los equipos en las competiciones oficiales y eventos deportivos que se organicen y/o participen.
- Gastos de trofeos. - Gastos por utilización de instalaciones.
- Alojamientos que el club (deportistas) realice con motivo de su participación en competiciones, torneos y ligas federadas o amistosas. Únicamente se tendrá en cuenta como justificación el gasto generado por el alojamiento de deportistas el día anterior a la competición y durante el desarrollo de la misma.
- Gastos en dotación sanitaria (ambulancia, UVI móvil, etc.) en la organización de eventos.
Quedan excluidos los gastos ordinarios de mantenimiento de la entidad y/o material inventariable no deportivo.
3. Los gastos deben realizarse en el período comprendido entre el 16 de noviembre de 2020 y el 15 de noviembre 2021.
Segundo.- Bases reguladoras
La concesión de estas subvenciones se enmarcan dentro las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública de subvenciones destinadas a clubes y entidades deportivas del municipio de Alovera, aprobadas por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de fecha 29 de abril de 2019 (BOP de Guadalajara nº 126 de 05/07/2019) y modificadas por acuerdo del Pleno en sesión de 26 de abril de 2021 (BOP Guadalajara nº 118 de 23/06/2021).
Tercero.- Cuantía de la ayuda
1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, se imputarán a la aplicación presupuestaria 341 48400 “Subvenciones a entidades deportivas sin ánimo de lucro” cuyo importe asciende a 30.000,00 euros.
2. La concesión de estas subvenciones será compatible con otras subvenciones públicas o privadas concedidas para el mismo destino, siempre que la cuantía total de las ayudas no supere el 100% del importe de la actividad que se subvenciona. Serán en todo caso incompatibles con otras subvenciones concedidas por el Ayuntamiento de Alovera para el mismo fin.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes y documentos a adjuntar, deberán presentarse en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web, que tendrá lugar una vez publicada en el Boletín Oficial de la Provincia a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Quinto.- Requisitos para solicitar la subvención
1. Podrán acogerse a las subvenciones establecidas en la presente convocatoria los Clubes y Entidades Deportivas sin ánimo de lucro, legalmente constituidos e inscritos en el registro administrativo correspondiente, así como en el Registro municipal de Asociaciones, con domicilio social y fiscal en el municipio de Alovera, que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
- Que los deportistas del Club o Entidad participen en competiciones de sus ligas correspondientes de la temporada correspondiente al ejercicio económico en que se produce la convocatoria.
- Que la entidad organice actividades o eventos que promocionen la actividad física y/o deportiva.
Alovera, 29 de junio de 2021. La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego