AYUNTAMIENTO DE FONTANAR
1296
Expediente nº: 974/2020
Procedimiento: Programa de recualificación y reciclaje profesional (RECUAL) Fontanar Saludable
Objeto: DOCENTE (1)
RESOLUCIÓN DE LA ALCALDÍA
Concedida una subvención a este Ayuntamiento, por Resolución de fecha 29/12/2020 para la realización del programa de Recualificación y Reciclaje Profesional RECUAL 2020-2021, denominado: "FONTANAR SALUDABLE", dentro de las ayudas convocadas por la Resolución de 17/11/2020, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de la Junta de Comunidades de Castilla – La Mancha.
Visto, por tanto, la necesidad de seleccionar una plaza, mediante la constitución de bolsa de trabajo de DOCENTE del programa RECUAL 2020-2021 Fontanar Saludable.
Considerando que tras la oportuna aprobación de las bases regidoras del proceso selectivo publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 33 y 47, de fecha 18 de febrero y 9 de marzo de 2021, respectivamente, tan solo se presentó un candidato que, posteriormente y tal y como consta en el expediente, renunció a continuar el proceso selectivo; procede reiterar la oferta de empleo con las mismas bases regidoras con el incentivo de abonar el kilometraje del Docente desde su residencia habitual hasta el centro de trabajo hasta un máximo de 120 kms diarios a razón de 0,21 €/km.
Siendo competente la Alcaldía para la aprobación de las bases de las pruebas para la selección del personal y de las correspondientes convocatorias, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.1, letra g) de la LRBRL, por la presente,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar las bases adjuntas a la presente resolución y convocatoria para la constitución de una Bolsa de Trabajo para la provisión temporal de DOCENTE del PROGRAMA RECUAL 2020 - 2021 (recualificación y reciclaje profesional) denominado “FONTANAR SALUDABLE”.
SEGUNDO. Publicar las bases y convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y complementariamente en el Tablón de Anuncios del Centro de Iniciativas Empresariales (C/ Sahara Nº1), Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Fontanar (Pza. San Matías, Nº3-4), portal de transparencia – sede electrónica (http://fontanar.sedelectronica.es/transparency/) y en la web municipal del Ayuntamiento de Fontanar (www.fontanar.es).
TERCERO. Dar cuenta al pleno en la próxima sesión ordinaria a celebrar.
En Fontanar a 29 de abril de 2021. El Alcalde-Presidente. Victor San Vidal Martínez
BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE RECUALIFICACIÓN Y RECICLAJE PROFESIONAL 2020-2021: “FONTANAR SALUDABLE”
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
La presente convocatoria tiene por objeto la contratación laboral temporal de un DOCENTE, con la finalidad de ejecutar los programas de Recualificación y Reciclaje Profesional denominados “FONTANAR SALUDABLE”, cuyos contenidos formativos se recogen en la especialidad con referencia EOCB0209 “Operaciones auxiliares de acabados rígidos y urbanización” (RD 1179/2008, de 11 de julio)
1 Docente para la especialidad “OPERACIONES AUXILIARES DE ACABADOS RÍGIDOS Y URBANIZACIÓN”
A las presentes bases les será de aplicación lo previsto en la Resolución de 17/11/2020, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de programas para la recualificación y el reciclaje profesional, para el ejercicio 2020.
Número de oferta genérica de empleo: 7A0A7q5r6s6P2Q5X
2. MODALIDAD Y DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato se extenderá durante los seis meses de duración del programa, siendo un contrato de obra y servicio determinado, percibiendo unas retribuciones salariales brutas de:
- Docente para la especialidad “OPERACIONES AUXILIARES DE ACABADOS RÍGIDOS Y URBANIZACIÓN”: 1.700,00 euros brutos mensuales incluido el prorrateo de las pagas extraordinarias. Asimismo, se abonará el kilometraje del Docente desde su residencia habitual hasta el centro de trabajo hasta un máximo de 120 kms diarios a razón de 0,21 €/km.
En ningún caso este personal se considerará incluido en la correspondiente plantilla, convenio o relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Fontanar.
3. JORNADA DE TRABAJO.
La jornada será de lunes a viernes de 8.00h a 16.00 horas, salvo que por necesidades del servicio se tenga que modificar el mismo.
4. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
- - Ser español, nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o extranjero residente en España en las condiciones recogidas en el art. 57 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- - Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, y no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de sus funciones.
- - Tener cumplidos dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
- - Estar en posesión de la titulación requerida y/o requisitos detallados el día en que finalice el plazo de presentación de instancias, así como tener la experiencia mínima requerida según se relaciona en el Anexo II y que se describe en el siguiente cuadro.
1.- DOCENTE Docencia de los contenidos de los módulos formativos que se relacionan a continuación: MF0276_1: (Transversal) Labores auxiliares de obra. (50 horas) MF0869_1: (Transversal) Pastas, morteros, adhesivos y hormigones. (30 horas) MF0871_1: (Transversal) Tratamiento de soportes para revestimiento en construcción. (100 horas) MF1320_1: (Transversal) Tratamientos auxiliares en revestimientos con piezas rígidas. (40 horas) MF1321_1: Pavimentos de hormigón impreso y adoquinados. (120 horas) |
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REQUISITOS: |
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De titulación: cumplir uno de los siguientes - Licenciado, ingeniero, arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes con un año de experiencia en el área a impartir. - Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes con un año de experiencia en el área a impartir. - Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de edificación y obra civil con un año de experiencia en el área a impartir. - Certificados de profesionalidad de nivel 2 y nivel 3 de las áreas profesionales de estructuras, albañilería y acabados y Colocación y montaje de la familia profesional de Edificación y Obra Civil con un año de experiencia en el área a impartir. - Sin ninguna de las titulaciones anteriores pero con tres años de experiencia en el área a impartir. -------------------------------------------- De competencia docente: cumplir uno de los siguientes
Quedan exentas de cumplir este requisito los titulados universitarios (licenciatura, diplomatura, grado o postgrado) en Pedagogía, Psicología, Psicopedagogía o Magisterio. |
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PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: |
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A. CONCURSO DE MÉRITOS: |
hasta un máximo de 40 puntos |
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1. FORMACIÓN ADQUIRIDA
(Sólo se valorarán cursos o acciones formativas de duración superior a 10 horas) |
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2. EXPERIENCIA LABORAL
(Para el cómputo por meses, NO se valorarán los períodos inferiores a 30 días = 1 mes) |
Si el aspirante se encuentra registrado en el Registro de Formadores de Castilla La Mancha para la impartición de todas las Unidades Formativas de esta especialidad, no será necesario acreditar la capacitación exigida en el punto 4.4 bastará con presentar la resolución de la JCCM donde figura la inscripción registral.
Si el candidato no se encuentra inscrito en el Registro de Formadores se solicitará la acreditación de la Dirección Provincial y de no ser acreditado será automáticamente excluido del procedimiento pasando al siguiente candidato.
5. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y, a su vez, en los tablones de anuncios del Centro de Iniciativas Empresariales (C/ Sahara Nº1), en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fontanar (Plaza de la Constitución, Nº1, temporalmente ubicado en plaza San Matías, 3-4 de Fontanar, provincia de Guadalajara), en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, bien mediante la sede electrónica (https://fontanar.sedelectronica.es/)
6. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Para tomar parte en el proceso de selección, los/as interesados/as deberán presentar la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado según modelo que se adjunta (Anexo I).
- Currículum Vitae modelo Europass.
- Fotocopia compulsada del título académico, en su caso.
- Documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículum.
- Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social y actualizado.
- Cualquier otra documentación que sea suficiente y acredite los méritos o requisitos alegados.
En caso de que el/la aspirante presente la solicitud y documentación por otros registros distintos al del Ayuntamiento de Fontanar, deberán adelantarla por correo electrónico a la dirección Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Los méritos que, habiendo sido alegados en el plazo de presentación de instancias, no sean debidamente justificados mediante la documentación acreditativa, no serán tomados en consideración.
Aquellos documentos que se pretendan hacer valer y estén redactados en idioma distinto al castellano, únicamente se tendrán en cuenta si vienen acompañados de la correspondiente traducción oficial realizada por traductor jurado o validados por el consulado u oficina diplomática correspondiente.
Las solicitudes, acompañadas del resto de documentación, se deberán presentar en la sede provisional del Ayuntamiento de Fontanar (Plaza de la Constitución, Nº1, temporalmente ubicado en plaza San Matías, 3-4 de Fontanar, provincia de Guadalajara), en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, bien mediante la sede electrónica (https://fontanar.sedelectronica.es/), en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes. O cualquier otro medio válido en Derecho.
El currículum y la documentación que le acompañe quedarán en poder de la Comisión de Selección, sin posibilidad de recogida posterior a la finalización del proceso.
El plazo para presentar las instancias será de 10 días hábiles a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
7. ACREDITACIÓN DE REQUISITOS Y MÉRITOS.
La acreditación de los méritos alegados se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:
- La experiencia laboral se acreditará mediante contratos de trabajo, certificados de empresas o contratos donde se reflejen claramente el puesto desempeñado, la categoría y la duración de la relación laboral. Además, de manera obligatoria, se aportará Informe de Vida Laboral expedido por la Seguridad Social.
En el caso de trabajadores/as autónomos/as, el Informe de Vida Laboral deberá acompañarse de las correspondientes liquidaciones del IVA y de la documentación expedida por la Seguridad Social en la que se indiquen los períodos de cotización y la actividad desempeñada en cada uno de ellos, así como de otros documentos que definan el puesto desempeñado.
El cómputo de la experiencia se realizará en proporción a la jornada laboral y no solamente según la duración del contrato. No se valorarán los periodos que no se puedan agrupar en bloques de treinta días.
- La experiencia laboral como formador/a se acreditará mediante un certificado de servicios con tal carácter, en el que se exprese claramente el nombre y contenidos del curso, duración y fechas de impartición.
- La formación recibida se acreditará mediante diplomas, títulos o certificados de la entidad que imparte la formación, haciendo referencia inexcusablemente al número de horas y contenidos del curso.
No se tendrán en cuenta cursos de duración inferior a 10 horas.
8. LISTA DE ADMITIDOS/AS Y EXCLUIDOS/AS.
Finalizado el plazo para la admisión de solicitudes, el listado provisional de admitidos/as y excluidos/as se publicará con el número del registro de la solicitud de cada participante, mediante resolución de Alcaldía en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Fontanar (Plaza de la Constitución, Nº1, temporalmente ubicado en plaza San Matías, 3-4 de Fontanar, provincia de Guadalajara) y sede electrónica (https://fontanar.sedelectronica.es/).
El plazo de subsanación de errores será de tres días hábiles tras su publicación. Tras este plazo, se publicará el listado definitivo, mediante Resolución de Alcaldía, con los aspirantes que pasarán a ser valorados por la Comisión de Selección.
9. FASES DE LA SELECCIÓN.
El proceso de selección se llevará a cabo por la Comisión. El proceso de selección se basará en valoración de los méritos recogidos en el currículum. La valoración de méritos será conforme al baremo recogido en el Anexo II.
Serán seleccionada aquella personas que haya conseguido la mayor puntuación obtenida.
En caso de empate la Comisión de Selección determinará el desempate mediante sorteo.
El resto de aspirantes que no hayan sido seleccionados/as formarán parte de la lista de reserva para cubrir las posibles bajas, ordenados de mayor a menor puntuación. En caso de empate se utilizará el mismo criterio de desempate señalado anteriormente.
Las plazas podrán quedar desiertas en el caso de que no haya aspirantes idóneos/as. En este caso, la Comisión de Selección podrá proponer para su cobertura abrir una nueva convocatoria pública.
10. PUBLICACIÓN DE LISTAS.
Finalizado el proceso de selección, la Comisión de Selección publicará la lista provisional de seleccionado/a y reservas para cada uno de los puestos en el tablón de anuncios del Centro de Iniciativas Empresariales (C/ Sahara Nº1), Tablón de edictos del Ayuntamiento de Fontanar (Plaza de la Constitución, Nº1, temporalmente ubicado en plaza San Matías, 3-4 de Fontanar, provincia de Guadalajara) y sede electrónica (https://fontanar.sedelectronica.es/). Se otorgará un plazo de tres días hábiles para presentar alegaciones, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del listado. Las alegaciones irán dirigidas a la Presidencia de la Comisión de Selección.
Finalizado el plazo de alegaciones y una vez vistas éstas por la Comisión, se publicarán las listas definitivas con los resultados del proceso selectivo en el tablón de anuncios del Centro de Iniciativas Empresariales (C/ Sahara Nº1), en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fontanar (Plaza de la Constitución, Nº1, temporalmente ubicado en plaza San Matías, 3-4 de Fontanar, provincia de Guadalajara) y sede electrónica (https://fontanar.sedelectronica.es/).
11. COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN DE SELECCIÓN.
El Ayuntamiento realizará a través de la Alcaldía el nombramiento de los miembros de la Comisión de Selección que estará constituida por funcionarios/as de carrera o personal laboral fijo del Grupo A, Subgrupo A-1, cuyo número será cinco miembros: Un/a Presidente/a, Un/a Secretario/a y Tres Vocales, así como sus respectivos/as suplentes. Será publicada en el Boletín oficial de la Provincia.
La abstención y recusación de los/as miembros de la Comisión será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Los/as miembros de la Comisión de Selección son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por la Comisión de Selección, por mayoría.
La Comisión de Selección queda autorizada para resolver las dudas que se presenten y para tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso selectivo en todo lo no previsto en estas bases.
Asimismo, podrá rectificar en cualquier momento, de oficio o a petición del/la interesado/a, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, a tenor de lo que preceptúa el artículo 109 de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
12. OTRAS DISPOSICIONES
En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las disposiciones contenidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 11/1999 y la Ley 57/2003, en el R. D. Legislativo 781/1986 de 18 de abril, en el RDLeg. 5/2015, de 30 de octubre, del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el R. D. 364/1995, en el R. D. 896/1991, y en la Ley de 4/2011, de 10 de marzo, de Empleo Público de Castilla – La Mancha.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, Tablón de edictos, sede electrónica – portal de transparencia y página web del Ayuntamiento (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Publíquese la presente convocatoria de pruebas selectivas y sus correspondientes Bases en el Boletín Oficial de Provincia, Tablón de Edictos y sede electrónica/ página web del Ayuntamiento.
ANEXO I
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DEL PERSONAL DOCENTE PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE RECUALIFICACIÓN Y RECICLAJE PROFESIONAL 2020-2021, EN LAS ESPECIALIDAD: “FONTANAR SALUDABLE”
NOMBRE Y APELLIDOS |
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NIF-NIE |
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CORREO ELECTRÓNICO |
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DOMICILIO |
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LOCALIDAD |
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CODIGO POSTAL |
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TELÉFONO |
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TELÉFONO MÓVIL |
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TITULACIÓN ACADÉMICA |
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DOCUMENTACION COMPULSADA-COTEJADA QUE APORTA: |
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AUTORIZO A LA COMISIÓN DE SELECCIÓN PARA QUE COMPRUEBE MI VIDA LABORAL |
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El/La abajo firmante solicita su admisión en el presente proceso selectivo, cumpliendo con los requisitos para poder ser alumno trabajador del programa de Recualificación Profesional. Declara que son ciertos los datos facilitados en ella. Autoriza a la Comisión de Selección para la consulta al Servicio Público de Empleo sobre los periodos de inscripción en el desempleo y cualquier otra información relacionada con esta convocatoria. La falsedad de los datos manifestados en la presente solicitud supone la exclusión automática del proceso selectivo |
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En cumplimiento del artículo 5.1 de la Ley Orgánica de 15/1999, queda Ud. informado que los datos de carácter personal que ha suministrado serán incorporados a un fichero automatizado con tratamiento de datos, quedando bajo responsabilidad del Ayuntamiento de Fontanar como titular del fichero, teniendo usted derecho en todo caso a exigir el acceso, rectificación, cancelación y oposición al uso de los mismos en las dependencias de este Ayuntamiento. Los datos recabados tienen por finalidad la realización de acciones facilitadoras de empleo, así como del conjunto de actividades propias de la Agencia de Desarrollo Local, quedando en todo caso garantizado el uso legítimo y seguridad de tales datos de carácter personal. |
En a, de de 2021
Firma
Sr. Alcalde – Presidente del Ayuntamiento de FONTANAR (Guadalajara).-
ANEXO II
PERFIL PROFESIONAL Y BAREMACIÓN
1.- DOCENTE Docencia de los contenidos de los módulos formativos que se relacionan a continuación: MF0276_1: (Transversal) Labores auxiliares de obra. (50 horas) MF0869_1: (Transversal) Pastas, morteros, adhesivos y hormigones. (30 horas) MF0871_1: (Transversal) Tratamiento de soportes para revestimiento en construcción. (100 horas) MF1320_1: (Transversal) Tratamientos auxiliares en revestimientos con piezas rígidas. (40 horas) MF1321_1: Pavimentos de hormigón impreso y adoquinados. (120 horas) |
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REQUISITOS: |
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De titulación: cumplir uno de los siguientes - Licenciado, ingeniero, arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes con un año de experiencia en el área a impartir. - Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes con un año de experiencia en el área a impartir. - Técnico y Técnico Superior de la familia profesional de edificación y obra civil con un año de experiencia en el área a impartir. - Certificados de profesionalidad de nivel 2 y nivel 3 de las áreas profesionales de estructuras, albañilería y acabados y Colocación y montaje de la familia profesional de Edificación y Obra Civil con un año de experiencia en el área a impartir. - Sin ninguna de las titulaciones anteriores pero con tres años de experiencia en el área a impartir. -------------------------------------------- De competencia docente: cumplir uno de los siguientes
Quedan exentas de cumplir este requisito los titulados universitarios (licenciatura, diplomatura, grado o postgrado) en Pedagogía, Psicología, Psicopedagogía o Magisterio. |
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PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: |
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A. CONCURSO DE MÉRITOS: |
hasta un máximo de 40 puntos |
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1. FORMACIÓN ADQUIRIDA
(Sólo se valorarán cursos o acciones formativas de duración superior a 10 horas) |
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2. EXPERIENCIA LABORAL
(Para el cómputo por meses, NO se valorarán los períodos inferiores a 30 días = 1 mes) |