AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente nº 1410/2020 de SUPLEMENTO DE CRÉDITO, aprobado en sesión plenaria de 01 de diciembre , y publicado en el Tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de la Provincia nº 230 de fecha 03/12/2020, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:
Suplemento:
Aplicación Presup. |
Denominación |
Créditos totales |
Suplemento |
1710.60903 |
Parques y jardines: Cubierta recinto ferial |
680.927,40 |
27.933,23 |
TOTAL |
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680.927,40 |
27.933,23 |
Como medio de financiación, se propone la anulación o baja de créditos de otras aplicaciones, no comprometidas y que se consideran reducibles:
Baja:
Aplicación Presup. |
Denominación |
Crédito disponible |
Detraer |
2310.48001 |
Ayudas de emergencia social |
391.081,89 |
27.933,23 |
TOTAL |
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27.933,23 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 177.2, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Marchamalo, a 29 de diciembre de 2020. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaría