AYUNTAMIENTO DE GALÁPAGOS
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En el Pleno Ordinario de 21 de diciembre de 2020, el Ayuntamiento de Galápagos aprobó el Calendario de Cobros de Impuestos y Tasas Municipales para el ejercicio 2021.
DOÑA MARIA ANTONIA MACHO TERRON, SECRETARIA-INTERVENTORA ACCIDENTAL DEL AYUNTAMIENTO DE GALAPAGOS
CERTIFICO: Que entre los acuerdos adoptados por la Comisión de Gobierno/Pleno de este Ayuntamiento de fecha 21 de diciembre 2020 , figura como tenor literal lo siguiente:
FIJACION DEL CALENDARIO DE COBRO EJERCICIO 2.021.
Se da cuenta de la necesidad de fijar calendario de períodos de cobranza, de los impuestos y tasas para el ejercicio 2.021, de cara al mejor funcionamiento y planificación del Servicio de Recaudación Municipal y al objeto de prestar al contribuyente una información más completa sobre el aspecto fiscal.
A tales efectos se propone y así se acuerda, por unanimidad, fijar el siguiente calendario:
- Periodo de cobranza en voluntaria del 4 de enero al 4 de marzo de 2021:
TASA POR UTILIZACION PRIVATIVA O APROVECHAMIENTO ESPECIAL DEL DOMINIO PUBLICO LOCAL 2021.
- Periodo de cobranza en voluntaria del 1 de febrero al 31 de marzo de 2021:
TASA POR SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 4º TRIMESTRE 2020.
- Periodo de cobranza en voluntaria del 1 de marzo al 30 de abril de 2021:
IMPUESTO DE VEHICULOS TRACCION MECANICA 2021.
VADOS 2.021.
- Periodo de cobranza en voluntaria del 1 de mayo al 30 de junio de 2021:
TASA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 1º TRIMESTRE 2021
IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES 2.021
(de Naturaleza Urbana, Rústica Y Características Especiales).
IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS 2.021.
- Periodo de cobranza en voluntaria del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2021:
TASA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 2º TRIMESTRE 2021.
- Periodo de cobranza en voluntaria del 15 de octubre al 15 de diciembre de 2021:
TASA SUMINISTRO DE AGUA Y ALCANTARILLADO 3º TRIMESTRE 2021
Si por cualquier causa fuera preciso variar la disposición de las fechas detalladas en el calendario precedente se pondrá, con antelación suficiente, en conocimiento de los contribuyentes.
Y para que conste, se expide la presente con el Vº Bº del Sr. Alcalde en Galápagos a, uno de diciembre de dos mil veinte.
Se realiza la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara para su difusión y general conocimiento.
Contra el presente Acuerdo podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso- Administrativo, con los requisitos y formalidades establecidas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, en la forma y plazos establecidos en dicha Jurisdicción.
Galápagos, 22 de diciembre de 2020. El Alcalde-Pte. Fdo: Guillermo M. Rodríguez Ruano