AYUNTAMIENTO DE LA TOBA
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Según establece el Apartado 2 del Artículo 6º de la Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Alojamiento y Prestación de Servicios Sociales Asistenciales de la Vivienda de Mayores del Municipio de La Toba, en vigor, las Tarifas deben ser revisadas a principios de cada año de acuerdo a las Variaciones del IPC. No obstante dicha revisión se hace imposible visto que el cálculo de las tarifas ha sido revisado de forma total por la asunción de la gestión directa de la vivienda de mayores, por lo que los efectos del artículo 6.2 quedarán aplazados al ejercicio siguiente.
De conformidad con el artículo 49 de LRBRL, esta aprobación será sometida a un periodo de Información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.
Una vez haya transcurrido el plazo anterior, Alcaldía dictará Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo y se aprobará definitiva por el Pleno.
En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Por lo que se propone la siguiente modificación del artículo 6.- Tarifas de la Ordenanza ut supra:
“1.- La cuantía de la tasas reguladas en esta Ordenanza se fija de las siguientes maneras:
a) Servicio para usuarios residentes de la Vivienda de Mayores:
La cuota ordinaria será de hasta el 80% de la renta anual del beneficiario, incluidas las pagas extras
b) Servicio para usuarios externos de la Vivienda de Mayores.
b.1.) Usuario Individual. Tarifa Diaria. Vecinos de La Toba.
-Comida.................... 3,39 €
-Comida más cena....4,01 €
-Lavandería......... 39,95 €
b.2.) Matrimonios. Tarifa diaria.
-Comida............. 6,50 €
-Comida más cena.... 8,10 €
-Lavandería......... 67,00 €
c) Servicios para usuarios externos de la Vivienda de Mayores de La Toba, que no vivan en La Toba. La tarifa se calculará en función del número de usuarios a los que se lleve el Servicio en cada Municipio.
c.1.) Usuario Individual. Tarifa diaria. Municipio con un solo usuario.
-Comida.................... 4,39 €
-Comida más cena.... 6,01 €
-Lavandería............. 39,95 €
c.2.)Matrimonios. Tarifa diaria. Municipio con un matrimonio usuario y ningún usuario individual.
-Comida....................... 8,00€
-Comida más cena.... 10,40 €
-Lavandería.............. 67,00 €.
2.- Las tarifas recogidas en los apartados b) y c) se aplicarán a partir del uno de Enero y serán actualizadas, de acuerdo con las variaciones anuales del I.P.C., el 1 de noviembre de cada año en relación al 1 de noviembre del ejercicio inmediatamente anterior.”
En La Toba, a 4 de diciembre de 2020. El Alcalde, D. Javier Cantero González