AYUNTAMIENTO DE QUER
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Mediante acuerdo plenario de 26 de octubre de 2020 se aprobó el expediente 420/2020. Modificación de Crédito suplemento de crédito por mayores ingresos. El acuerdo inicial se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia 207, el 2 de noviembre de 2020.
Transcurrido el plazo de quince días no se han presentado reclamaciones contra el mismo, por lo que se entiende aprobado definitivamente el expediente de Suplemento de crédito, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Estado de Gastos
Denominación | Aplicación | Importe |
Aportación a la Mancomunidad de Aguas del Sorbe | 161 250 | 9.600,00 |
Análisis de agua | 161 213 | 1.340,00 |
Elementos de fijación del vallado del carril bici hasta el Complejo Deportivo | 171 619 | 1.000,00 |
Mantenimiento del Colegio Público | 323 22000 | 3.200,00 |
15.140,00 |
Esta modificación se financia con cargo a Nuevos y/o mayores ingresos en los siguientes términos:
a) En el caso de nuevos ingresos:
Suplementos en concepto de Ingresos
Denominación |
Aplicación |
Previsión inicial |
Derechos recaudados |
Impuesto sobre construcciones instalaciones y obras |
290 |
15.000,00 |
252.096,86 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Quer, a 26 de noviembre de 2020. El alcalde, Fdo.: José Miguel Benítez Moreno