AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente nº 325/2020 de CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS núm: 04/2020 y SUPLEMENTO DE CRÉDITO núm: 03/2020 , publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 162 de fecha 26 de agosto de 2020, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:
Creación y Suplementos en aplicaciones de gastos
Crédito extraordinario nº 04/2020:
Nuevas aplicaciones de gastos:
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito extraordinario |
1621 |
62301 |
Cámaras y seguridad punto limpio |
0,00 |
5.000,00 |
TOTAL CRÉDITO EXTRAORDINARIO |
5.000,00.-€ |
Suplemento de crédito nº 03/2020:
Altas de crédito - aplicaciones de gastos:
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
3400 |
63205 |
Reforma instalaciones energía solar García Fraguas |
35.000,00 |
25.000,00 |
TOTAL SUPLEMENTO DE CREDITO |
25.000,00.- |
Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos existentes en otras partidas no comprometidas y que se estimen reducibles, en los siguientes términos:
Financiación:
Anulación o baja en aplicaciones de gastos:
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Créditos disponibles no comprometidos |
Bajas/Anulación crédito |
1640 |
63201 |
Construcción Nichos Cementerio municipal
|
30.000,00 |
30.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 177.2, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Marchamalo, a 1 de octubre de 2020. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaría