AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO
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No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente nº 325/2020 de CRÉDITO EXTRAORDINARIO núm; 02/2020 publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 94 de fecha 20/05/2020, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:
Creación en aplicaciones de gastos
Crédito extraordinario nº 02/2020:
Nuevas aplicaciones de gastos:
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito extraordinario |
1330 |
62209 |
Acondicionamiento espacio de depósito de vehículos |
0,00 |
14.500,00 |
1550 |
61901 |
Acondicionamiento zonas verdes y espacios públicos fase II (ejercicio 2019) – factura ARCOSYRE |
0,00 |
6.320,19 |
TOTAL CRÉDITO EXTRAORDINARIO |
20.820,19.-€ |
Esta modificación se financia, con cargo con cargo a anulaciones o bajas de créditos existentes en otras partidas no comprometidas y que se estimen reducibles, en los siguientes términos:
Financiación:
Anulación o baja en aplicaciones de gastos:
Progr. |
Econ. |
Descripción |
Créditos disponibles no comprometidos |
Bajas/Anulación crédito |
4910 |
63304 |
Cajeros para la tarjeta ciudadana |
33.100,00 |
20.820,19 |
TOTALES BAJAS POR ANULACIÓN |
20.820,19.-€ |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 177.2, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Marchamalo, 12 de junio de 2020. El alcalde. Rafael Esteban Santamaría