AYUNTAMIENTO DE MANTIEL
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición pública a la aprobación inicial publicada en BOP de fecha 16 de diciembre de 2019,queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de fecha 06 de diciembre de 2019, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 2/2019 del Presupuesto en la modalidad de incorporación de créditos y suplemento de crédito, financiado con cargo a Remanente líquido de tesorería, que se hace público resumido por capítulos:
APLICACION |
IMPORTE INCORPORACIÓN CRÉDITOS |
433.609 |
120.000 EUROS |
APLICACION |
IMPORTE SUPLEMENTO |
433.609 |
361.000 EUROS |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Mantiel a 14 de febrero de 2020.El Alcalde,Fdo.: Julián Rebollo