AYUNTAMIENTO DE MONDÉJAR
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Advertido que por error, al aprobar en la sesión plenaria de fecha 26 de julio de 2016 dos ordenanzas municipales que sustituían a las anteriores, sin hacer constar este extremo mediante disposición derogatoria, en sesión plenaria celebrada con fecha seis de abril de 2017, fue acordado por unanimidad de los presentes:
PRIMERO. La ordenanza número 19, denominada “Ordenanza de limpieza y vallado de solares,” queda derogada por la número 30 con la misma denominación, aprobada el 26 de julio de 2016, que ha resultado definitiva por ausencia de alegaciones durante el trámite de información pública.
SEGUNDO. La ordenanza número 5 “Ordenanza para el control de la contaminación de aguas residuales”, queda derogada por la número 29, denominada “Ordenanza de vertido de aguas residuales en el sistema integral de saneamiento del municipio de Mondéjar”, aprobada el 26 de julio de 2016, que ha resultado definitiva por ausencia de alegaciones durante el trámite de información pública.
TERCERO. La derogación de las referidas Ordenanzas, entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y una vez haya transcurrido el plazo de 15 días hábiles que determina el artículo 65.2 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
En Mondéjar, a 25 de abril de 2017.- El Alcalde, José Luis Vega Pérez.