AYUNTAMIENTO DE LORANCA DE TAJUÑA
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Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confieren los artículos 21 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, en el día de la fecha.
PRIMERO. Delegar el área de Educación al Sr. Concejal D. Jesús Guervós Fonseca.
SEGUNDO. La delegación efectuada comprende la facultad de impulso y gestión del área, sin que quepa la resolución mediante actos administrativos.
TERCERO Notificar personalmente la presente resolución al designado, que se considerará aceptada tácitamente, salvo manifestación expresa; y remitir el Resolución del nombramiento al Boletín Oficial de la Provincia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la resolución por el Alcalde.
Loranca de Tajuña, a 15 de febrero de 2017. El Alcalde, Fdo. Enrique Calvo Montero