AYUNTAMIENTO DE ALHÓNDIGA
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En cumplimiento de lo previsto en el apartado 2 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento en sesión de fecha 23 de enero de 2017, ha aprobado con carácter provisional la imposición y ordenación de la Ordenanza Reguladora de la TASA POR OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.
El expediente tramitado al efecto podrá ser examinado en la Secretaría del Ayuntamiento, al objeto de que durante el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, puedan presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas.
Significando, que de no presentarse reclamación alguna, quedará automáticamente elevado dicho acuerdo a definitivo.
ALHÓNDIGA, a 23 de enero de 2017.EL ALCALDE-PRESIDENTE.Fdo.: PABLO EMILIANO GASCO GASCO