Dirección General de Industria, Energía y Minería
Consejería de Economía, Empresas y Empleo
1935
RESOLUCIÓN DE 17/6/2016 DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINERÍA DE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y APROBACIÓN DE PROYECTO DE EJECUCIÓN DE LAS INSTALACIONES INCLUIDAS EN EL PROYECTO DENOMINADO: «PROYECTO GENERAL DE CANALIZACIÓN PARA SUMINISTRO DE GAS NATURAL DURANTE EL AÑO 2016 EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MOLINA DE ARAGÓN (Guadalajara)»
Visto el expediente incoado en la Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo de Guadalajara y su informe, y el informe del Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas, para la autorización administrativa previa y la aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones de distribución de gas natural canalizado, cuyos datos básicos son los siguientes:
Número de expediente: 3305/0314 (DP: 19331100408).
Titular: REDEXIS GAS, S.A.
Denominación: «Proyecto General de canalización para suministro de gas natural durante el año 2016 en el término municipal de Molina de Aragón (Guadalajara)».
Características principales de las instalaciones:
Acomete de: En el Paseo de los Adarves n.º 2 desde la red del expediente 19331100364, y en la calle Abajo de Tomasa n.º 1 desde la red del expediente 19331100394.
Presión máxima de operación (MOP): MOP 5.
Longitud total: 1.498 m (DN 110 - 114 m + DN 90 - 1.124 m + DN 63- 260 m).
Situación de las instalaciones: Término municipal de Molina de Aragón (Guadalajara).
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: REDEXIS GAS, S.A. es el actual distribuidor de gas natural canalizado en el TM de Molina de Aragón.
SEGUNDO: Con fecha 4 de febrero de 2016, REDEXIS GAS, S.A. solicita la autorización administrativa previa y la aprobación del proyecto de ejecución denominado: «Proyecto general de canalización para suministro de gas natural durante el año 2016 en el término municipal de Molina de Aragón (Guadalajara)».
TERCERO: La documentación aportada, junto a la solicitud de autorización administrativa y aprobación de proyecto de ejecución, fue sometida a información pública, insertándose en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de fecha 29 de marzo de 2016; copia de dicho anuncio se público en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara de 25 de abril de 2016 y en los diarios de tirada provincial «ABC de Castilla-La Mancha» de 29 de abril de 2016 y «Diario Nueva Alcarria» de 29 de abril de 2016; durante el trámite de información pública, no se han presentado alegaciones.
CUARTO: Informados las Administraciones Públicas, los organismos públicos, las empresas de servicio público y empresas de servicios de interés general afectadas por las instalaciones proyectadas, no se ha recibido oposición a la autorización solicitada, mostrando su conformidad de manera expresa o por silencio, según lo establecido en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural.
QUINTO: La Dirección Provincial de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo en Guadalajara cumplió con lo establecido en la resolución de 31 de agosto de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minería, sobre delegación de competencias en los/as directores/as provinciales y elaboró con fecha 3 de junio de 2016 informe favorable para la autorización administrativa previa y la aprobación del proyecto de las instalaciones de referencia.
SEXTO: El Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas ha emitido con fecha 17 de junio de 2016 informe favorable para la autorización administrativa previa y la aprobación de proyecto de ejecución de las instalaciones de referencia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO: Esta Dirección General de Industria, Energía y Minería es el órgano competente para la autorización administrativa de este tipo de instalaciones, según lo establecido en el Decreto 81/2015, de 14 de julio de 2015, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
SEGUNDO: Justificación de la resolución.
El expediente contiene la documentación necesaria para la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de la instalación y se ha realizado la tramitación según to establecido en la normativa de aplicación.
Vistos el Decreto 81/2015; la Ley 34/1998, del Sector de Hidrocarburos; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; la Resolución de 31 de agosto de 2015, de la Dirección General de Industria, Energía y Minería, sobre delegación de competencias; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación concordante de aplicación,
Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada.
En su virtud, RESUELVO: Otorgar a REDEXIS GAS, S.A. la autorización administrativa previa y la aprobación del proyecto de ejecución de las instalaciones de distribución de gas natural recogidas en el proyecto denominado «Proyecto general de canalización para suministro de gas natural durante el año 2016 en el término municipal de Molina de Aragón (Guadalajara)», de acuerdo al proyecto técnico presentado, quedando sometida a las siguientes condiciones:
PRIMERA: En todo momento se debe cumplir lo indicado en la Ley 34/1998; el Real Decreto 1434/2002, el Real Decreto 919/2006, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11 y demás legislación vigente que le sea de aplicación.
SEGUNDA: Las instalaciones habrán de realizarse de acuerdo con el proyecto presentado.
TERCERA: Cualquier modificación que afecte a las características técnicas básicas de la instalación proyectada, considerando como características técnicas básicas las establecidas en el artículo 70.3 del Real Decreto 1434/2002, o modifique la afección a terceros requerirá la valoración por parte de la Dirección Provincial, sobre la necesidad de obtener o no una nueva autorización administrativa y/o aprobación de proyecto de ejecución.
CUARTA: Los cruces, paralelismos y otras afecciones de las instalaciones deberán realizarse de conformidad con los condicionados e informes que las administraciones, organismos o empresas de servicio público y/o interés general hayan emitido.
QUINTA: La presente resolución se otorga sin perjuicio de las concesiones, autorizaciones, licencias o permisos que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y medio ambiente,
SEXTA: De conformidad con lo preceptuado en el artículo 73 de la Ley 34/1998, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, el titular deberá ingresar, en la Caja General de Depósitos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, fianza o garantía equivalente al 2% del presupuesto de la instalación. Dicha fianza o garantía deberá depositarse en un plazo máximo de tres meses, desde la notificación de la presente resolución, y será devuelta a petición del interesado una vez formalizada el acta de puesta en servicio de las instalaciones, el interesado lo solicite y justifique el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la autorización.
SÉPTIMA: La ejecución de las instalaciones deberá realizarse en un plazo de tiempo no superior a 2 años, debiendo presentarse antes de la finalización del citado plazo la solicitud de acta de puesta en servicio de las instalaciones.
OCTAVA: El incumplimiento de las condiciones, requisitos establecidos en la autorización o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación.
La presente resolución no agota la vía administrativa, y, contra la misma, se podrá interponer RECURSO DE ALZADA ante la Excma. Sra. Consejera de Economía, Empresas y Empleo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Toledo a 17 de junio de 2016.– El Director General de Industria, Energía y Minería, José Luis Cabezas Delgado.