Ayuntamiento de Mondéjar
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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, sin que haya sido posible practicarla por causas imputables a este Ayuntamiento, se hace público el contenido de la Resolución de Alcaldía de fecha veintinueve de julio de mayo de dos mil trece y cuyo tenor literal es el siguiente:
“RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
BAJA DE OFICIO POR INSCRIPCIÓN INDEBIDA PADRON HABITANTES
Incoado de oficio expediente para proceder a la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de las siguientes inscripciones:
1.- Matei Valentin Draghia. C/ Amargura n.º 7, 2C.
2.- Aurel Draghia. C/ Amargura n.º 7, 2C.
3.- Ion Nedelcu. C/ Horno 21.
4.- María Mihaela Cretu. C/ Santa M.ª Magdalena n.º 4, 2º.
5.- Alberto Florin Neculau Neculau. Av. Castilla-La Mancha 6.
6.- George Agustin Perj. C/ Santa M.ª Magdalena n.º 4, 2ºD.
7.- Cecilia Ciofu. C/ Huertas n.º 6.
8.- Ana Maria Caldare. C/ Santa María Magdalena n.º 4, 2ºD.
9.- Alexie Gabriel Calinescu. Bº Sto. Cristo del Calvario n.º 1, BL. 2, 1ºB.
10.- Costel Preotescu. C/ Umbria n.º 4.
11.- Aicha El Khadire. C/ Soria n.º 10.
12. Farouk Kallou. C/ Amargura 15, 2ºB.
13.- Fatiha El Blaidi. C/ Hospital n.º 10.
14.- Juan Carlos Espinoza Mejia. C/ Vallejuelo 10.
15.- Orlando Morales Niño. C/ Amargura n.º 7, 2º F.
Cumplidos todos los procedimientos establecidos en el Título II, artículo 1.C.2 de la Resolución 1 de abril de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón Municipal,
Visto el acta de la reunión de fecha 23 de julio de 2013 de la sección provincial del Consejo de empadronamiento, en la que se acuerda por unanimidad informar favorablemente dichas bajas,
De acuerdo con lo establecido en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales y comprobado mediante la tramitación del oportuno expediente que las personas mencionadas figuran empadronadas incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 54 del citado Reglamento,
HE RESUELTO:
PRIMERO Y ÚNICO: Dar de Baja de oficio por inscripción indebida del Padrón Municipal de Habitantes, a fecha de la presente resolución, las inscripciones padronales más arriba enumeradas. En Mondéjar, a veintinueve de julio de dos mil trece. El Alcalde en funciones (decreto de sustitución de 15-07-2013), Máximo Loeches Gil, Rubricado. El Secretario-Accidental (decreto de sustitución de 15-07-2013), Ángel Herranz García. Rubricado.”
Contra la Resolución que se notifica, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.