Ayuntamiento de Cabanillas del Campo
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La Alcaldía de esta Corporación, mediante resolución de fecha 26 de septiembre de 2013, ha incoado expediente sancionador por abandono de vehículos a motor. En la tramitación de los expedientes han sido declarados como presuntos responsables de una serie de hechos constitutivos de infracción grave por abandono total del vehículo y sancionados con una multa de 600 a 30.000 euros y la obligación de retirar el vehículo a su cargo los siguientes interesados:
Responsable |
Vehículo |
Matrícula |
Emplazamiento |
EMANUEL ARTURO BAS CACAULT |
SEAT MARBELLA |
B-2875-PB |
C/ CIUDAD REAL |
De conformidad con el artículo 13.2 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, la resolución se notifica al denunciado informándole que contra los actos de trámite que deciden, directa o indirectamente, el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, de conformidad con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJAP y PAC), podrá interponer recurso potestativo de reposición que cabrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 62 y 63 de la LRJAP y PAC. El plazo para interponer recurso potestativo de reposición será de un mes, siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de un mes desde su interposición.
Habiendo intentado la notificación a los interesados no ha podido practicarse, por ello, y de acuerdo con el artículo 59.5 de la LRJ y PAC, se procede a su publicación durante el plazo de quince días mediante anuncios en el BOP de Guadalajara y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.
En el supuesto de no presentar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución.
En Cabanillas del Campo a 6 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Jaime Celada López.