Ayuntamiento de Azuqueca de Henares
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Intentada la notificación a Antonio Javier Martínez Bueno en su último domicilio conocido, y no habiendo podido efectuarse la misma, de acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a realizar dicha notificación mediante la exposición del siguiente anuncio en el tablón de edictos de este Ayuntamiento, por ser Azuqueca de Henares la localidad de su último domicilio conocido, y a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara:
NOTIFICACIÓN
Pongo en su conocimiento que, con relación al seto del inmueble de la calle Granados n.º 76, el arquitecto municipal emitió informe el 9 de septiembre de 2013 del siguiente tenor:
“Informo:
- Que en visita realizada en abril de 2010 se observó que se había podado el seto, tanto en altura como en espesor.
- Que en febrero de 2011 se apreció (infour2011-inspec011) la falta de mantenimiento, incumpliendo por tanto el Decreto 42-U.
- Que realizada una nueva visita de inspección en el día de hoy observo que actualmente la altura del seto sobrepasa los 2,2 m, alcanzando al menos una altura de 2,5 m, y que su espesor sobresale de los límites de su propiedad hacia la vía pública al menos en 20 cm.
Conclusiones:
Actualmente, el seto ha vuelto a crecer y sus dimensiones superan los límites indicados en la normativa municipal y reflejados en la orden de ejecución impuesta por Decreto 42-U.
Considero por tanto que no se están cumpliendo las órdenes impuestas en el Decreto 42-U sobre el mantenimiento del seto indicado”.
Por la presente, le recuerdo que, por Decreto de Alcaldía n.º 42-U, de 3 de marzo de 2010 (que le fue notificado el día 17 del mismo mes y año), se le ordenó a Ud., como propietario del inmueble sito en la calle Granados n.º 76, que, en el plazo de quince días naturales desde su notificación, ejecutara las medidas consistentes en la poda y mantenimiento del seto del referido inmueble, con una altura máxima de 2,2 metros y la reducción de su espesor evitando que salga a la calle. El coste estimado de los trabajos se fijaba en 300 €. Todo ello de conformidad con los informes técnicos de 9 de noviembre de 2009 y 15 de enero de 2010, entre otros. Asimismo se le advertía que, en caso de incumplimiento injustificado de dicha orden de ejecución, el Ayuntamiento podría adoptar, entre otras, las siguientes medidas de ejecución forzosa:
Ejecución subsidiaria a costa del obligado y hasta el límite del deber normal de conservación.
Imposición de hasta 10 multas coercitivas con periodicidad mínima mensual por valor máximo, cada una de ellas, del 10% del coste estimado de las obras ordenadas.
Asimismo, le recuerdo que por Decreto de Alcaldía n.º 83-U, de 2 de marzo de 2011 (que le fue notificado el 15 de marzo de 2011), se resolvió, ente otros, imponerle una multa coercitiva de 30 €, como medio de ejecución forzosa del acto administrativo, por el incumplimiento de la orden de ejecución dada mediante aquel Decreto de Alcaldía n.º 42-U, de 3 de marzo de 2010. Asimismo, se le ordenaba de nuevo que, de modo inmediato, diera debido cumplimiento al referido decreto, concretamente, que ejecutara en el inmueble de su propiedad sito en c/ Granados, 76 de esta localidad las medidas consistentes en poda y mantenimiento del seto con una altura máxima de 2,2 m, y la reducción de su espesor, evitando que salga a la calle y se le advertía que, en el supuesto de que hiciera caso omiso de dicha segunda orden en el plazo señalado, se le impondrían sucesivas multas coercitivas de 30 euros, como medio de ejecución forzosa del acto administrativo.
Sirva la presente nuevamente como recordatorio de todo ello y como requerimiento para que, de inmediato, dé cumplimiento a la poda y mantenimiento ordenada reiteradamente por este Ayuntamiento, reiterándole asimismo las advertencias arriba transcritas, particularmente, la de que se le girarán sucesivas multas coercitivas de 30 euros como medio de ejecución forzosa del acto administrativo.
Azuqueca de Henares, 4 de diciembre de 2013.– La 3.ª Teniente de Alcalde, (por delegación del Alcalde en Decreto de 24 de octubre de 2013, BOP n.º 142, de 27 de noviembre de 2013), Beatriz Pérez López.